STSJ Aragón , 14 de Junio de 2000

PonenteJUAN PIQUERAS GAYO
ECLIES:TSJAR:2000:1552
Número de Recurso421/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 421/1.999 Sentencia número: 658/2000 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a catorce de junio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En los recursos de suplicación acumulados al número 421 de 1.999 (autos número 333 de 1.998), interpuestos por la Excma. Diputación General de Aragón; D. Carlos Miguel y D. Pablo , litigando unidos; Dª.

Isabel ; y Dª. Sofía , Dª. Camila y Dª. Lina , que también litigan unidas; contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Seis de Zaragoza, de fecha 6 de noviembre de 1.998; siendo recurridos Dª.

María Inés y los demás demandantes (excluidos los hoy recurrentes) que seguidamente se expresan. Es ponente D. JUAN PIQUERAS GAYÓ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. María Inés ; contra el Gobierno de Aragón y contra Dª. Sofía , Dª. Camila , Dª. Lina , Dª. Ana , D. Alfonso , D. Pablo , Dª. Maribel , Dª. Amanda , D. Carlos Miguel y D. Juan Ramón ; sobre reingreso al trabajo, desde excedencia por cuidado de un hijo.

Tramitado el proceso en la instancia, se dictó la sentencia referida, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda de Dª. María Inés , debo declarar y declaro, dejando sin efecto la Resolución impugnada publicada en el B.O.A. de 9-1-1998, el derecho de la actora a figurar en las listas definitivas de admitidos por turno de reingreso de excedencia voluntaria para participar en la convocatoria de 2-7-1997 (B.O.A. de 9-7-1997), con reingreso en la plaza que, en su caso, corresponda de las solicitadas por dicha demandante, debiendo de condenar, como así condeno, a la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN y a Dª. Sofía , Dª. Camila , Dª. Lina , Dª. Ana , D. Alfonso , D. Pablo , Dª. Maribel , Dª. Amanda , D. Carlos Miguel y D. Juan Ramón a estar y pasar por el anterior pronunciamiento."

SEGUNDO

Dicha resolución declara probados los siguientes hechos:

  1. - La demandante, Dª. María Inés , presta servicios para la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

    en virtud de contrato laboral indefinido como Personal de Servicios Auxiliares en la Residencia Juvenil "Ramón y Cajal" de la localidad de La Almunia de Dª. Godina (Zaragoza).

  2. - La actora instó de la D.G.A. excedencia para cuidado de hijo, que le fue concedida con efectos de 14-8-1997 y hasta el 5-4-2000, con derecho a reserva del puesto de trabajo.

  3. - Mediante Resolución de 2-7-1997 de la Dirección General de Recursos Humanos de la D.G.A., publicada en el B.O.A. de 9-7-1998, se convocaron para su provisión por los turnos sucesivos de traslado y acceso, sin perjuicio del derecho preferente de los excedentes voluntarios que solicitasen el reingreso antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, relacionados en el anexo I de dicha Resolución, con remisión al Art. 39.2.2 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la D.G.A. para la tramitación de la referida convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados.

  4. - La actora formuló en tiempo hábil, a raíz de la referida convocatoria, solicitud de varios puestos de Personal de Servicios Auxiliares, en calidad de turno de reingreso, sin figurar en tal turno en la relación definitiva de candidatos admitidos y excluidos de la convocatoria en cuestión, interpretándose por la...

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