STSJ Asturias , 2 de Abril de 2004

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2004:1872
Número de Recurso2632/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN N.I.G: 33044 34 4 2003 0105911, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 2632/2003 Materia: DESPIDO OBJETIVO Recurrente/s: Aurelio , GRUPO EL ÁRBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA. Recurrido/s: Aurelio , GRUPO EL ÁRBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA. JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO DEMANDA 0000280/2003 Sentencia número: 1.278/2004 Ilmos. Sres.

D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ En OVIEDO a dos de Abril de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el articulo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 2632/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JORGE LUIS GONZÁLEZ MONTOTO, BELÉN FRAGA FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Aurelio , GRUPO EL ÁRBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA., contra la sentencia de fecha veinticinco de abril de dos mil tres, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n°: 004 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000280/2003, seguidos a instancia de Aurelio frente a GRUPO EL ÁRBOL DISTRIBUCION Y

SUPERMERCADOS SA., en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ

ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veinticinco de abril de dos mil tres por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor, Aurelio , cuyas circunstancias personales figuran en el encabezamiento de la demanda, vino prestando servicios por cuenta de la empresa demandada Grupo El Arbol, Distribución y Supermercados, SA., como ayudante, con una retribución diaria de 25,58 euros incluidos todos los conceptos.

    No ostentó cargo de representación unitaria o sindical.

  2. - La relación laboral se inició con un primer contrato, de fecha 14 de junio de 2000, por jornada completa y duración determinada, haciéndose constar como causa de la duración determinada (6 meses), "atender circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos por el aumento de llegada de mercancía al Centro de trabajo".

    Con fecha 13 de diciembre de 2000 se acordó una prórroga de 7 meses, cesando el 13 de julio de 2001.

  3. - El 2 de agosto de dicho año fue contratado en calidad de interino, para sustituir a un trabajador, designado con nombre y apellidos, que se encontraba en situación de incapacidad temporal, y a la incorporación del mismo volvió a ser contratado, con fecha 1 de agosto de 2002 con carácter temporal por 6 meses, señalándose como causas de la temporalidad "cambios en la organización del trabajo".

    No hubo solución de continuidad entre los dos últimos contratos, continuando el actor en la misma actividad, que se desarrolló especialmente en la llamada Plataforma de la carne, que fue cerrada desde esas fechas aproximadamente.

  4. - Por carta de 27 de enero de 2003 se le efectuó la siguiente comunicación:

    "Ponemos en su conocimiento que el próximo día 31/01/2003, finaliza el contrato de trabajo que tenemos establecido con Ud. de fecha 01/08/2002, registrado en la oficina de Empleo de Pola de Siero con el número 177003".

  5. - Interpuso papeleta de conciliación el día 6 de febrero, celebrándose el acto el 19 del mismo mes, sin avenencia.

  6. - En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante y demandada, siendo impugnado de contrario Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia declara improcedente el despido del actor y frente a la misma interponen recurso tanto su representación letrada como la de la empresa demandada, razones de método aconsejan iniciar el examen de los recursos por este último dado que en su motivo primero postula la revisión de los hechos probados y ello puede incidir en la resolución del recurso del trabajador que se limita al examen del derecho aplicado en la sentencia.

Por la vía procesal del artículo 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral solicita la empresa recurrente que se modifique el ordinal tercero del relato fáctico donde consta que el demandante el 2 de Agosto de 2001 fue contratado en calidad de interino para sustituir a un trabajador que...

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