STSJ Castilla y León , 15 de Enero de 2000

PonenteMARIA PAZ BARBERO ALARCIA
ECLIES:TSJCL:2000:107
Número de Recurso764/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a quince de Enero del dos mil. En el recurso contencioso administrativo numero 764/98 interpuesto por Doña Raquel representada por el Procurador Don Juan Cobo de Guzman y Ayllon y defendido por el Letrado Don Iñigo Llarena Conde contra la resolución del tribunal Económico -Administrativo Regional de Castilla y león, Sala de Burgos, desestimando reclamación 9/2179/97 sobre IBI, habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 4 de Mayo de 1998 Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 16 de Junio de 1998 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare el derecho de la demandante a que se aplique el Coeficiente reductor "J" del 0,08 sobre el valor del suelo y de la construcción respecto de las viviendas NUM000 nº NUM001 y NUM002 nº NUM003 de la finca catastral nº

NUM004 sita en Burgos y su calle DIRECCION000 , nº NUM005 (Barrio de DIRECCION001); condenando a la Administración a estar y pasar por tales declaraciones practicando las correcciones procedentes a sus efectos.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 14 de Agosto de 1998 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día 1 de Diciembre de 1999 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso, salvo en lo relativo al plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Constituye el objeto de la presente resolución otra del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y león , Sala de Burgos, desestimando reclamación económico administrativa nº

9/2179/1997 interpuesta contra la resolución de la Gerencia Territorial del Catastro de Burgos estimando en parte el recurso de reposición interpuesto en relación a la finca de referencia catastral número NUM004 , sita en Burgos, calle DIRECCION000 , nº NUM006 , y procede a señalar nuevos valores catastrales que afectan a las fincas NUM007 por importe de 2.037.264 y NUM008 por importe de 2.037.254 pesetas.

Invoca el recurrente, en apoyo de sus pretensiones anulatorias, resumidamente, que se le debió aplicar también el coeficiente corrector "J" , con un índice de 0,80 sobre el valor del suelo y de la construcción ya que yerra la ponencia de valores al interpretar la norma 14.2 del anexo del Real Decreto 1020/1993 de 25 de Junio, en este ,el coeficiente "J" aparece redactado en términos disyuntivos "Depreciación funcional o inadecuación" y no en los conjuntivos en los que ha sido objeto de aplicación al presente caso.

Lo que es rebatido de contrario por la administración demandada.

SEGUNDO

Alude la actora a la aplicabilida del coeficiente "J" en base a que las viviendas objeto de valoración solo tienen...

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