STSJ Asturias , 27 de Abril de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1893
Número de Recurso1715/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 1715 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 215 /2000 RECURRENTE/S: Angelina RECURRIDO/S: Maribel INSALUD, SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veintisiete de Abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. Dª.

MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Dª. Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 1.089/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Angelina contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OVIEDO de fecha veinticuatro de abril de dos mil, dictada en proceso sobre Impugnación convocatoria plaza y anulación nombramiento, y entablado por Angelina frente al Instituto Nacional de la Salud, Principado de Asturias y Dña. Maribel , ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veinticuatro de abril de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La demandante presta servicios por cuenta y bajo la dependencia del servicio de Salud del Principado de Asturias como personal laboral, ostentando la categoría profesional de Médico Adjunto del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital General de Asturias.

  2. - La plaza de DIRECCION000 de Servicio de Medicina Nuclear del Hospital General de Asturias esta vacante desde 1.996 al haber pasado su titular a situación de Excedencia Voluntaria.

  3. - El 25 de mazo de 1.997, la codemandada Maribel , también médico adjunto del ya citado servicio de Medicina Nuclear recibió comunicación escrita del Director Médico del siguiente tenor literal: " Por la presente, te comunicó que, en ausencia del Dr. Jose Daniel , asumirás las tareas de coordinación asistencial propias de la Jefatura del Servicio".

  4. - Con efectos de 1 de enero de 1.999 la codemandada Maribel fue nombrada por el Director Gerente del Hospital Central, con carácter provisional DIRECCION000 de Servicio de Medicina Nuclear, con efectividad desde el día 1 de enero de 1.999.

  5. - El Convenio colectivo para el personal laboral del Hospital General de Asturias no prevé la forma de provisión de las plazas de plantilla de DIRECCION000 de Servicio.

  6. - La demandante interpuso Reclamación Previa el 29 de abril, reiterando el 3 de julio de 1.999, solicitando se conov ara proceso de solución para la cobertura de la citada plaza. Dicha reclamación no obtuvo contestación expresa.

  7. - Interpuesta demanda en vía jurisdiccional correspondió su conocimiento al Juzgado de lo Social n° 1 de Oviedo que en sentencia de 20 de diciembre de 1.999 (Autos 1055/99), acogió la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario alegada por los codemandados, al no haber sido traído al procedimiento al Instituto Nacional de la Salud.

  8. - El 29 de diciembre la demandante interpuso Reclamación Previa ante el Instituto Nacional de la Salud que no obtuvo contestación expresa.

TERC...

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