STSJ Comunidad Valenciana 2116/2006, 14 de Junio de 2006

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2006:4354
Número de Recurso604/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2116/2006
Fecha de Resolución14 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

Rec. Contra Sent nº 604/06

Recurso contra Sentencia núm. 604 de 2006

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Presidente

Ilmo. Sr. D. José Fco Ceres Montés

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a catorce de junio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2116 de 2.006

En el Recurso de Suplicación núm. 604/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 22-6-05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valencia, en los autos núm. 451/04 y ac., seguidos sobre Invalidez, a instancia de Dª Trinidad , asistida del Letrado D. Alejandro Requena, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; FREMAP, representada por el Letrado D. Bernardo Alonso Contreras; MUEBLES MORBEST, S.L.; SALYCA MOBILIARIO, S.L. representada por el Letrado Dª Ana Diez Cusi, IBERMUTUAMUR y CEJUCAR CARPINTERÍA, S.L., y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sr. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 22-6-05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por Trinidad , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , Fremap, Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesionales de la Seguridad Social, la mercantil Muebles Norbest, S.L., la mercantil Salyca Mobiliario, S.L., Ibermutuamur, Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesionales de la Seguridad Social, y contra la mercantil Cejucar Carpintería, S.L. que no compareció, debo absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones contenidas en el suplico de la demandad; y desestimando la demanda acumulada seguida ante el Juzgado de lo Social Número Doce de Valencia con número de autos 2403/04 a instancia de Trinidad contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora Trinidad , nacida el 3-11-62, con DNI NUM000 , afilidada en el Régimen General de la Seguridad Social ha prestado servicios para las empresas Muebles Norbest S.L. y Salyca Mobiliario S.L. desde

1988. empresas dedicadas a la industria del mueble y en concreto al pulimento, empresas que tenían concertada la cobertura de las contingencias profesionales con la mutua Fremap y al corriente en las obligaciones a afiliación, alta y cotización. SEGUNDO.- Respecto a la actora se inicio a instancia de la mutua Fremap expediente de declaración de incapacidad en fecha 18-9-03 dimanante de la baja

iniciada en 19-6-03. y en virtud de contingencias comunes, dictándose resolución de fecha 27-10-03 previa propuesta del EVI de 23-10-03 por la que se determinaban las lesiones del actor como no constitutivas de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, si bien en el informe propuesta consta como contingencia la de enfermedad

profesional. Frente a la misma la actora formulo reclamación previa en 3-12-03 que fue desestimada en resolución de 9-1-04 (salida de 16-1-04). TERCERO.- Ea actora ceso en la prestación de servicios por despido en 11-7-03. y previamente fue baja por Incapacidad Temporal en virtud de renitis aguda en el periodo de 12-2-03 a 3-3-03. y ello por enfermedad común, iniciándose expediente de determinación de contingencia de la misma resolviéndose en 14-11-03 el carácter común de la dolencia, y formulada reclamación previa en fecha 29-1-03 fue desestimada en resolución de fecha 20-1-04. CUARTO.- La actora lia viendo presentando en los últimos años previos a ser valorado por el EVI de cuadros de asma, con síntomas rinoconjuntivales y crisis de disnea y silibancias. Realizado estudio alergologico aparecen todos los resultados negativos, a acares del polvo, epitelio animales, hongos y polen de árboles, arbustos,

gramíneas y maleza, así como el látex, siendo a su vez negativa la prueba a los isocianatas en todas sus clases, apareciendo que la actora siguió presentando tras el cese en la prestación de sus servicios de cuadros de disnea en grado moderado y silibancias. así como que la actora ha prestado servicios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR