STSJ Canarias , 1 de Octubre de 2004

PonenteJESUS JOSE SUAREZ TEJERA
ECLIES:TSJICAN:2004:4130
Número de Recurso324/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Núm ILTMOS. SRES.

DON JESÚS JOSÉ SUÁREZ TEJERA Presidente DON JAIME BORRÁS MOYA DON FRANCISCO JOSE GÓMEZ CÁCERES Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a uno de octubre del año dos mil cuatro.

Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sección 1ª), con sede en esta Capital, el presente recurso núm 324/2002, en el que interviene como demandante DON Jose Augusto , representado por la Procuradora Doña Beatriz Guerrero Doblas, asistida del Letrado Don Jose Diaz Suarez y como Administración demandada, la General del Estado, representada por el Abogado del Estado, versando sobre enajenación de viviendas militares; fijandose la cuantía del recurso en cantidad inferior a 25.000.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por resolución del Director General Gerente del Ministerio de Defensa de fecha 7 de febrero del 2002, se acordó; Vista la resolución formulada por DON Jose Augusto , con N.I.F. NUM000 , domicilio en Telde (Las Palmas de Gran Canaria), C/ DIRECCION000 NUM001 , NUM002 NUM003 ., y resultando como

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En virtud de Resolución 4C0/13363/2001, de 26 de julio (B.O.D. nº 149, de 31 de julio), del Director general Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, se procedió a la publicación de la convocatoria del procedimiento abierto por concurso para la enajenación de Viviendas Militares desocupadas, relacionadas en el Anexo 1 del mismo, correspondiente al Expediente 2001 VC/002, al tiempo que recoge el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por las que aquél concurso se va a regir. SEGUNDO.- Con fecha 3 de octubre de 2001 tuvo entrada en el Registro General del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, sito en Madrid, Paseo de la Castellana nº 233, la documentación del interesado. TERCERO.- Mediante Resolució n 4C0/20549/2001, de 18 de diciembre (B.O.D. nº 246-APÉNDICE-, de 19 de diciembre), del Director general Gerente del INVIFAS, se hace pú blica la relación de los concursantes admitidos y excluidos al mencionado concurso, constando D. Jose Augusto en al Anexo II del mismo como excluido, por el motivo "Garantía con caducidad según el apartado III del Pliego"...RESUELVO: CONFIRMAR mi Resolución 4C0/20549/2001, de 18 de diciembre, en el sentido de acordar la exclusión de D. Jose Augusto del concurso para la enajenación de viviendas militares desocupadas, Expediente 2001 VC/002, por el motivo "No presenta garantía".

SEGUNDO

El actor interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que estimando el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por esta representació n contra la Resolución del Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS) de fecha 07 de febrero de 2002, por la que se resuelve confirmar la Resolución número 4C0/20549/2001, de 18 de Diciembre, declare no ser la misma conforme a derecho, anulándola totalmente y con reconocimiento y declaración de haber lugar a la inclusión del recurrente en el concurso para la enajenación de viviendas militares desocupadas, Expediente número 2001VC/002, con imposición a la parte contraria de las costas procesales, todo ello por ser preceptivo.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que por la que desestime el presente recurso imponga las costas a la parte actora.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta y señalado día para votación y fallo tuvo lugar la reunión del Tribunal el día señalado al efecto.

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Siendo Ponente el Itmo. Sr. D. JESÚS JOSÉ SUÁREZ TEJERA y VISTOS los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del recurso examinar la conformidad o no a Derecho del acto administratirvo por el que se CONFIRMA la Resolución 4C0/20549/2001, de 18 de diciembre, en el sentido de acordar la exclusió n de D. Jose Augusto del concurso para la enajenació ;n de viviendas militares desocupadas, Expediente 2001 VC/002, por el motivo "No presenta garantía" y, cuya nulidad postula su representación procesal por las consideraciones siguientes: I.- Que la Resolución objeto del presente recurso es la dictada por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, de fecha 07 de Febrero de 2002, por la que se resuelve confirmar la Resolución 40/20549/2001, de 18 de Diciembre, acordando la exclusión de mi representado del concurso para la enajenación de viviendas militares desocupadas, correspondientes al Expediente número 2001 VVC/002, por el motivo de "no presentar garantía". II.- Contra la Resolución ahora confirmada por el Director General Gerente del INVIFAS, esto es, la Resolución número 4C0/2054912001, de 18 de Diciembre (B.O.F. nº 246, de 19 de Diciembre) esta parte mostró su má s absoluta disconformidad con el motivo de exclusión alegado por la Administración, presentando al efecto el preceptivo Recurso de Reposición por entender que la Administración ha incurrido en error, puesto que mi representado ha dado cumplimiento a todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Resolución número 4C0713363/2001, de 26 de Julio, del Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (B.O.D. núm. 149 de 31 Julio 2001) por el que se procedió a la publicación de la convocatoria del procedimiento abierto por Concurso para la enajenación de Viviendas Militares Desocupadas, Expediente número 2001 VC/002, puesto que dentro del plazo y en la forma convenida en la citada resolución, obrante a los folios 6 a 9, ambos inclusive, del Documento núm. Dos aportado con el Expediente Administrativo, en cuyo apartado cuarto establece lo siguiente. "Plazo y forma para la presentación del proposiciones: El plazo de presentación de proposiciones será de UN MES, comenzando el lunes 10 de Septiembre de 2001 y finalizando a las 18,00 horas del miércoles 10 de octubre de 2001. Las Proposiciones, junto con la documentación requerida, se presentarán en la forma establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas y de acuerdo con los modelos Anexos al mismo, debiendo tener entrada en el Registro General del Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, sito en el Paseo de la Castellana 233, 28046, Madrid. Las proposiciones que se remitan por correo, deberán dirigirse certificadas al Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas...

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