STSJ Andalucía , 20 de Abril de 2001

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2001:5422
Número de Recurso48/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 48/01 Sentencia nº : 724/01 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. LUIS JACINTO MAQUEDA ABREU Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga a veinte de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Empresa Municipal de Marbella Residuos Sólidos Urbanos S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número siete de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Empresa Municipal de Marbella Residuos Sólidos Urbanos S.L. sobre desempleo siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5 de abril de 2000 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ).- Por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo de 27.1.99 se puso de relieve a la Empresa de Residuos Sólidos Urbanos SL., la existencia de un descubierto en las cotizaciones por desempleo de su trabajador D. Juan Enrique en el periodo de 7.4.97 a 30.9.97, lo que determinaba una responsabilidad de la empresa de 648.068 ptas. Al mismo se le había reconocido prestación por desempleo desde el 1.10.97.

  2. ).- Interpuestas alegaciones el 16.2.99, fue desestimada por nueva resolución de la Dirección Provincial del INEM de 22.4.99.

  3. ).- Interpuesta reclamación previa el 26.5.99 fue desestimada por nueva resolución de la Dirección Provincial del INEM de 29.6.99.

  4. ).- La demanda jurisdiccional se interpuso el dia 22.7.99.

  5. ).- La empresa mencionada está participada al 100% de su capital por el Ayuntamiento de Marbella.

  6. ).- Se da aquí por reproducida la documental acompañada a la demanda en la que se pone de relieve en sendas resoluciones de la Tesorería General de la Seguridad Social de 25.1.99, 18.3.99, 26.4.99, 22.7.99, 2.9.99 y 12.1.00, la compensación que practica la dicha Entidad entre las deudas contraídas por la empresa municipal con la misma, y las cantidades que debe percibir aquélla a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. Tal operación abarca conjuntamente el periodo de octubre de 1993 a octubre de 1997, y diciembre de 1997 a febrero de 1999.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte actora, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que desestima la demanda promovida por la Empresa Municipal de Marbella Residuos Sólidos Urbanos S.L. y confirma la resolución dictada en vía administrativa por la que el Instituto Nacional de Empleo le requería para que abonase la cantidad de 684.068 pesetas, al existir un descubierto en la cotización por desempleo de dicha empresa durante el período de 7 de abril de 1997 a 30 de septiembre de 1997 respecto del trabajador D. Juan Enrique , interpone recurso de suplicación la representación de la referida empresa formulando único motivo, al amparo de lo dispuesto en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, para denunciar la infracción de los artículos 94-2 de la Ley de Seguridad Social de 1966 y de los artículos 54, 55, 57 y 58 del Reglamento General de Recaudación, aprobado el Real Decreto 167/95, de 6 de octubre. Alega la empresa recurrente que en el presente caso no cabe declarar la responsabilidad...

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