STSJ Cataluña , 17 de Julio de 2002

PonenteMARIA PILAR GALINDO MORELL
ECLIES:TSJCAT:2002:9009
Número de Recurso1088/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº. 1088/1997 Partes: Don Constantino C/ Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos S E N T E N C I A Nº. 1030 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº. 1088/1997, interpuesto por Don Constantino , en nombre e interés propios, contra el Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos, representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. PILAR GALINDO MORELL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

La parte recurrente, en nombre e interés propio, interpuso recurso contencioso administrativo contra 21 de abril de 1997, desestimatoria de la petición de 17 de diciembre de 1996, en solicitud de percibir el complemento de productividad por trabajar en sábados y horario nocturno.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No instado el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día 17 de julio de 2002, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

Se somete a revisión judicial en el presente recurso contencioso- administrativo la conformidad a Derecho de la Resolución de la Subdirección General del Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos de 21 de abril de 1997, por la que se desestima la solicitud del recurrente relativa al abono del complemento de productividad por trabajos en sábados y en horario norturno, durante el período de vacación anual reglamentaria, durante el disfrute de los días por asuntos propios y durante el tiempo de permanencia de baja médica.

SEGUNDO

Con carácter previo al fondo del asunto, hemos de pronunciarnos acerca de la excepción de inadmisibilidad del presente recurso contencioso-administrativo alegado por el Abogado del...

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