STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Abril de 2000

PonentePURIFICACION LOPEZ TOLEDO
ECLIES:TSJCLM:2000:1269
Número de Recurso1461/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1461/97 ALBACETE SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltma. Sra. Dª Purificación López Toledo SENTENCIA Nº

En Albacete, a siete de abril de 2000 Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1461/97, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de Don Ramón y otros, representados y dirigidos por la Letrada Sra. Olivares López, contra el Ayuntamiento de Tarazona de la Mancha, representado y dirigido por el Letrado Sr. Alarcón Sánchez y como codemandado Don Luis Pablo , representado por el Procurador Sr. López Ruiz y dirigido por el Letrado Sr. López Ruiz, en materia de ejercicio de actividad de café-bar. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña Purificación López Toledo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 24 de septiembre de 1997, recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Tarazona de la Mancha, de fecha 6 de junio de 1997.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se declaren no ajustados a Derecho la resolución impugnada, condenando a la Administración demandada y codemandado a indemnizar a los recurrentes en la cantidad de 2.000.000 de pesetas por los perjuicios irrogados a los mismos e imposición de costas.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada y codemandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendieron aplicables, solicitaron una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 31 de marzo de 2000, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Es objeto de impugnación en esta instancia judicial el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Tarazona de la Mancha, de fecha 6 de junio de 1997 por el que se autoriza el ejercicio de la actividd de café-bar, del que es titular D. Luis Pablo en calidad de codemandado, al cumplirse los requisitos pertinentes y haberse adoptado las medidas correctoras adecuadas.

Segundo

Los hechos que han determinado el presente recurso, tienen como punto de partida el inicio y desarrollo por la parte codemandada, con clara anuencia de la Corporación Local, de una actividad calificada como molesta y que ha originado reiteradas denuncias ante el Ente público, por parte de personas afectadas y perjudicadas, en especial por la parte actora cuyo inmueble colinda con el que se desarrolla la actividad y ha sufrido de forma directa la emisión del ruido, sin olvidar que estamos ante una actividad que exige una permanente intervención de los poderes públicos en su control, cada vez más...

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