STSJ Aragón , 26 de Mayo de 2004

PonenteROSA MARIA BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
ECLIES:TSJAR:2004:1419
Número de Recurso616/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso 616/00-D.

SENTENCIA N° 416 DE 2004.

ILMOS. SEÑORES.

Presidente D. Luis Fernández Alvarez Magistrados D. Manuel Serrano Bonafonte Dª Rosa María Bandrés Sánchez Cruzat En Zaragoza a 26 de mayo de 2004.

En nombre de S.M. el REY. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, Sección Tercera, el recurso número 616/00 -D seguido entre partes, como demandante URBASER SA. representada por la Procurador de los Tribunales Sra. Cabeza Irigoyen y defendida por el letrado D. Ramón Baltar Feijoo como Administración demandada el Ayuntamiento de Sabiñánigo (Huesca)

representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Bibián Fierro y defendido por el letrado D. Juan Francisco Sáenz de Buruaga y Marco, como codemandado FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA., representado por la Procurador Sra. Revilla Fernández y defendido por el Letrado D. Manuel Liebana Andrés.

Es objeto de impugnación el acuerdo de 10-10-00 adjudicando a la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA. el concurso de redacción del proyecto, ejecución de obras y gestión del vertedero de residuos industriales.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO

Mediante escrito de 15 de noviembre de 2000 la parte actora formuló recurso Contencioso administrativo, contra la Resolución dictada en el encabezamiento de ésta sentencia que dio lugar a la incoación de los autos 616/00 -D.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso contencioso administrativo, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda en la que tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, suplicó se dicte sentencia por la que "estimando el recurso contencioso administrativo que está parte interpuso contra la resolución del Pleno del Ayuntamiento de Sabiñánigo de 10 de octubre de 2000 que adjudicó a Fomento de Construcciones y Contratas, SA., el concurso de redacción del proyecto técnico, ejecución de las obras de construcción y gestión de un vertedero de residuos industriales no peligrosos, declare no ser conforme a Derecho al resolución, anulándose y reconociendo el Derecho que tiene URBASER SA., a ser el adjudicatario, del concurso, y si no fuera posible la ejecución de las obras del vertedero se le indemnice con el importe del beneficio industrial (seis por ciento del importe del presupuesto de ejecución material de las obras), pero si lleve a cabo la gestión del vertedero por ser el plazo de gestión de 15 años, declarándolo así, con imposición de costas a la Administración ".

TERCERO

La Administración demandada en su escrito de contestación a la demanda suplicó se dicte sentencia por la que se desestime el recurso en todos sus pedimentos, y en el mismo sentido se pronunció la parte codemandada interesando sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto se declare ajustado a Derecho el acto administrativo impugnado.

CUARTO

Practicada la prueba declarada pertinente y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes del correspondiente señalamiento ordenándose por providencia de 14 de mayo de 2004 designar nuevo Magistrado Ponente y señalar para la votación y fallo el día 24 de mayo último, en que tuvo lugar.

Ponente: Iltma. Sra. Magistrado Doña Rosa María Bandrés Sánchez Cruzat.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso Contencioso administrativo determinar si se ajusta o no al ordenamiento jurídico el acuerdo de 10-10-00 adjudicando a la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA. el concurso de redacción del proyecto, ejecución de obras y gestión del vertedero de residuos industriales.

SEGUNDO

Son de interés los siguientes antecedentes: El Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Sabiñánigo (Huesca) que tuvo lugar el seis de julio de 2000 acordó aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir el concurso, tramitado por procedimiento abierto, para la adjudicación de la redacción del Proyecto Técnico, ejecución de las obras y su gestión indirecta mediante concesión administrativa, del vertedero de residuos industriales, no tóxicos ni peligrosos. La estimación de las alegaciones a los pliegos presentadas tuvieron lugar en la sesión, plenaria de 11 de agosto de 2000 en la que se modificó la clasificación empresarial requerida, así como la reanudación del plazo de presentación de proposiciones. El acta de apertura de ofertas tuvo lugar el 11 de septiembre de 2000 al que se acompañó informe técnico sobre las ofertas presentadas redactado por la empresa INERCO. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente y de conformidad con lo establecido en el articulo 88 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas , se propuso al Pleno del Ayuntamiento, la adjudicación del concurso de redacción del...

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