STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Febrero de 2002

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJM:2002:1656
Número de Recurso1173/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 1173/99 PROCURADORA D. ANTONIO RAFAEL RODRIGUEZ MUÑOZ TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 205 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dª María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos En la villa de Madrid, a seis de febrero de dos mil dos. VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1173/99, interpuesto por el Procurador D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, en representación de D. Vicente , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 9 de diciembre de 1998, que estimó en parte la reclamación deducida contra acuerdo sancionador por infracción tributaria grave en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1992; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se revoque la resolución impugnada, ordenando la nulidad de la sanción impuesta así como la devolución del aval constituido y el reembolso de los costes de éste.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme en todos sus extremos el acuerdo recurrido.

TERCERO

Finalizada la tramitación, para votación y Fallo del recurso se señaló la audiencia del día 5 de febrero de 2002, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 9 de diciembre de 1998, que estimó en parte la reclamación deducida por el hoy demandante contra acuerdo de la Administración de El Escorial de la Agencia Tributaria que había impuesto al interesado sanción en cuantía de 555.226 pesetas como autor de una infracción tributaria grave en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1992.

El TEAR consideró que la acción del contribuyente era constitutiva de una infracción grave del artículo 79.a) de la Ley General Tributaria y que la sanción se había impuesto de acuerdo con la normativa vigente, si bien otorgó al reclamante el derecho a prestar la conformidad prevista en el artículo 82.3 de dicha Ley a efectos de reducir la sanción en el porcentaje correspondiente.

La sanción impuesta al actor es consecuencia de la declaración que presentó por el impuesto y ejercicio citados, en la que no incluyó la cantidad que al jubilarse percibió de la entidad Telefónica de España, S.A. en concepto de prestación de supervivencia. La Administración practicó liquidación provisional consignando dicha cantidad como rendimiento del trabajo personal y, al propio tiempo, procedio a la apertura de expediente sancionador, que concluyó mediante el acuerdo aquí recurrido, que impuso una sanción equivalente al 50 por 100 de la cuota tributaria.

SEGUNDO

El recurrente disiente del aludido acuerdo y solicita la íntegra anulación de la sanción por ausencia de culpabilidad y por infracción del derecho a la presunción de inocencia. Aduce a tal fin, en síntesis, que no declaró la referida cantidad al...

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