STSJ Cataluña , 13 de Noviembre de 2000

PonenteFRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS
ECLIES:TSJCAT:2000:14414
Número de Recurso1513/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso n° 1513/96 Partes: NEOFLUID, S.A. C/ T.E.A.R.C. S E N T E N C I A N°1043/2000 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª Mª LUISA PÉREZ BORRAT D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS En la ciudad de Barcelona, a trece de noviembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1513/96, interpuesto por la entidad NEOFLUID, S.A., representada por el Procurador D. ANGEL QUEMADA RUÍZ y defendida por el letrado D. VICTOR AGUILAR OBIOLS, contra EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en la resolución del TEARC de fecha 28/5/96 desestimatoria de la reclamación n°

11.113/95.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 10 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en este recurso la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Murcia 70/2014, 31 de Enero de 2014
    • España
    • 31 Enero 2014
    ...el mismo sentido cita la consulta general 1143- 02, de 29 de julio y las sentencias de TSJ de Cataluña de 29 de noviembre de 2002 y 13 de noviembre de 2000 . Sostiene el Abogado del Estado que la resolución recurrida es conforme a derecho reproduciendo los argumentos contenidos en la misma,......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR