STSJ Murcia , 20 de Junio de 2001
Ponente | ABEL ANGEL SAEZ DOMENECH |
ECLI | ES:TSJMU:2001:1761 |
Número de Recurso | 634/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
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RECURSO nº. 634/00 SENTENCIA nº. 467/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 467/01 En Murcia a veinte de junio de dos mil uno. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 634/00, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 335.687 ptas., y referido a: liquidación por donaciones y sucesiones.
Parte demandante:
D. Juan Luis , representado por el Procurador Sr. José María García-Ripoll Montijano y dirigido por la Abogada D. Antonio J. Mengual Cañizares.
Parte demandada:
LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Parte codemandada:
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado:
Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de febrero de 2000 que inadmite por extemporánea la reclamación económico administrativo formulada contra a la liquidación nº.
LD/11.881/1999 girada por Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones por la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por importe de 335.687 ptas., contra el actor, como consecuencia de gravar con donación el exceso de valor comprobado sobre el declarado a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en virtud de lo previsto en el art. 14.7 del RDL 1/93, de 24 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Pretensión deducida en la demanda:
Que se declare no ajustada a derecho la resolución de 25 de febrero de 2000 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia, por haberse presentado el escrito de interposición por el reclamante contra la liquidación complementaria 11.881/99 en tiempo y forma.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.
I-
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 30-5-00, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
Las partes demandada y codemandada han comparecido en autos presentando escrito, acompañados de la autorización pertinente de la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado y del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, respectivamente, en los que se allanan a la pretensión del actor de acuerdo con lo previsto en los arts. 75.1 y 74.2 de la Ley de la Jurisdicción contencioso Administrativo, teniendo en cuenta la declaración de inconstitucionalidad de la disposición adicional 4ª de la Ley 8/89 de Tasas y Precios Públicos y art. 14.7 del RDL 1/93, de 24 de septiembre, producida por STC de 19 de julio de 2000; procediéndose a continuación a señalar para que tuviera lugar la votación y fallo...
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