STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Septiembre de 2001

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2001:10606
Número de Recurso106/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM 106/99 LETRADO SR: GUERRERO ANKERSMIT SENTENCIA Núm 1192 Ilmos. Sres.

Presidente D. Jose Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Santos Gandarillas Martos Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Jose Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a cinco de septiembre de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso núm 106 de 1999, interpuesto por LA COMUNIDAD DE MADRID, representado por el LETRADO Sr GUERRERO ANKERSMIT, contra acto del Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 27 de julio de 1998, reclamación 9000195 y 9001/95, en concepto de SUCESIONES; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia en la que declare la nulidad de la

Resolución recurrida y confirme la comprobación de valores realizada por la Administración Autonómica y, subsidiariamente, anule la resolución recurrida ordenando se retrotraigan las actuaciones al momento anterior a la notificación de la misma por su representada, a fin de que pueda repetir su actuación y llevar a cabo una nueva notificación de la Comprobación de valores realizada que contenga una motivación más detallada y completa.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

NO estimándose necesario la celebración de vista pública se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones lo que llevaron a efecto en tiempo y forma señalándose para la votación y fallo la audiencia del día 4 de septiembre de 2001 en que tuvo lugar quedando el recurso concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jose Alberto Gallego Laguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la resolución de 27 de julio de 1.998 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, que resuelve las reclamaciones números 9000/95 y 9001/95 interpuestas contra la notificación del resultado del expediente de comprobación de valores tramitado por el Impuesto sobre Donaciones en el que se fija una base imponible de 3.235.680 ptas., y contra las liquidaciones complementarias giradas sobre dicha base por importe de 155.1687 pesetas cada una de las dos giradas. Acordando en aquella resolución anular sin sustitución los actos de valoración y liquidatorios realizados por la Administración y confirmar íntegramente la autoliquidación realizada por el sujeto pasivo, reconociendo el derecho a la devolución de los ingresado, en su caso, con los intereses legales correspondientes.

SEGUNDO

La Comunidad de Madrid solicita en su demanda que se declare la nulidad de la resolución recurrida y confirme la comprobación de valores realizada por la demandante y subsidiariamente anule la resolución recurrida ordenando se retrotraigan las actuaciones al...

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