STSJ Castilla y León , 19 de Junio de 2002

PonenteJOSE MARIA LAGO MONTERO
ECLIES:TSJCL:2002:3077
Número de Recurso100/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo núm. 100/2001 Dimanante del Procedimiento abreviado n°. 597/2000 JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO 1 DE SALAMANCA.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 881 ILTMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DON. ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO DON. SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCÍA DON. JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO En Valladolid, a diecinueve de junio de dos mil dos. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, el presente rollo de apelación con registro 100/01 en el que son partes:

Son partes en dicho recurso:

Como apelante: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 N°. NUM000 de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca) representada y defendida por el Procurador D. Fernando Velasco Nieto.

Como apelado: Excmo. Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), representado y defendido por el Procurador D. Jorge Rodríguez Monsalve Garrigos.

Siendo la resolución impugnada la sentencia Núm. 54/01, de fecha quince de marzo de dos mil uno, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo N°. 1 de Salamanca, en el procedimiento abreviado número 597/2000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El expresado Juzgado dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Declara la inadmisibilidad del recurso Contencioso-Administrativo número 597/2000 interpuesto por la Procuradora Dª. Alicia González Molinero y de D. Juan Francisco , en calidad de DIRECCION001 de la Comunidad d Propietarios, en régimen de Propiedad horizontal, DIRECCION000 núm. NUM001 , de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca) contra el Acuerdo de la comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca) de fecha 7 de septiembre de 2000 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación correspondiente al periodo impositivo del año 2000 del precio pública que grava los voladizos del edificio sito en la C/ DIRECCION000 núm. NUM001 de esa localidad.

No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas del recurso.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de quince días a interponer ante este juzgado para ante el TSJ de Castilla y León, Sala de lo Contencioso- Administrativo con sede en Valladolid.

SEGUNDO

Contra esta resolución ha interpuesto recurso de apelación Dª. Alicia González Molinero, en nombre y representación de D. Juan Francisco , quien en su calidad de DIRECCION001 , actúa en nombre de la Comunidad de Propietarios, en régimen de propiedad horizontal, DIRECCION000 , n°.

NUM001 de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), dándose traslado del mismo a la parte demandada.

Presentado en tiempo y forma escrito de oposición al recurso de apelación por la parte anteriormente mencionada, el Juzgado elevó los autos y el expediente administrativo a esta Sala.

TERCERO

Formado rollo y acusado recibo a la remitente, se designó ponente al Iltmo. Sr. D. JOSÉ

MARÍA LAGO MONTERO .

CUARTO

Al no practicarse prueba ni haberse celebrado vista o conclusiones, el pleito quedó concluso para sentencia, señalándose para votación y Fallo el pasado día 14 de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso de Salamanca de 15 de marzo de 2001 por la que se inadmite el recurso interpuesto contra resolución municipal de 7 de septiembre de 2000, denegatoria del recurso de reposición planteado contra liquidación tributaria en concepto de tasas por la ocupación de dominio público - voladizos- girada a la comunidad de propietarios actora, correspondiente al período impositivo de 2000. La sentencia apelada declaró la inadmisibilidad del recurso contencioso por litispendencia, entendiendo que la pendencia ante esta Sala del recurso contencioso n° 2.409/1998...

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