STSJ Comunidad de Madrid 19/2007, 12 de Enero de 2007

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJM:2007:10007
Número de Recurso688/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución19/2007
Fecha de Resolución12 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00019/2007

Proc. Sra. Inmaculada Romero Melero.

A del E

Ltda. Rocía Gerrero Ankersmit

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE SRA. Dª. Fátima de la Cruz Mera

RECURSO Nº. 688 de 2003

S E N T E N C I A Nº 19

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

Dª. Fátima de la Cruz Mera

En Madrid a doce de enero de dos mil siete

Visto el recurso número 688 de 2003 interpuesto por LANETRO SL representado por la Procuradora Sra. Inmaculada Romero Melero y defendido por Letrado, contra; la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 22 de noviembre de 2.002, que desestimó la reclamación efectuada por la actora, Lanetro, S.A. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y7 como codemandada La Comunidad Autonoma de Madrid representada por la Letrada Sra. Rocío Guerrero Ankersmit

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en los que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba ni trámite de conclusiones, con fecha 11 de enero de 2007 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Dª. Fátima de la Cruz Mera

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 22 de noviembre de 2.002, que desestimó la reclamación efectuada por la actora, Lanetro, S.A., relativa a la devolución de ingresos indebidos como consecuencia del ingreso efectuado para el pago de la deuda tributaria resultante de una ampliación de capital con cargo a reservas por prima de emisión de acciones, en concepto de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La entidad actora sostiene en la demanda que tanto con base en la legislación nacional como por aplicación de la legislación comunitaria la operación gravada no podría estar sujeta puesto que en caso contrario se produciría una doble tributación ya que la operación de ampliación de capital ya estaba sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, modalidad operaciones societarias y en dicho concepto se tributó en su momento.

Frente a ello la defensa de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid a través de sus servicios jurídicos señalaron que el art. 31.2 de la Ley de 1993 resulta de plena aplicación ya que al otorgarse escritura pública, evaluable económicamente e inscribible en el Registro Mercantil se dan todos los presupuestos previstos en tal precepto. En el mismo sentido...

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