STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Noviembre de 2002

PonenteCARLOS ALTARRIBA CANO
ECLIES:TSJCV:2002:11317
Número de Recurso2071/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso Nº.- 2071.99 SENTENCIA Nº 1519 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.:

Presidente D. José Díaz Delgado Magistrados D. Juan Luis Lorente Almiñana D. Carlos Altarriba Cano

En Valencia, a veintidós de noviembre del año dos mil dos. VISTO por el Tribunal el Recurso Contencioso-Administrativo promovido por D. ALBERTO VENTURA TORRES, en nombre y representación de LA ENTIDAD CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO contra el Ministerio de Economía y hacienda, Tribunal Económico Administrativo regional de Valencia. Habiendo comparecido en estos autos la administración demandada, representada por el Sr. Abogado del Estado, y la Conselleria de Hacienda, por el Sr. Letrado del Servicio Jurídico de la Generalitat.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los tramites prevenidos por la Ley, se emplazo al demandante para que formalizara la demanda, lo que verifico mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada, contesto la demanda mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazo a las partes para que evacuasen el tramite de conclusiones prevenido por el articulo 78 de la ley de esta jurisdicción y, verificado, quedaron los Autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señalo votación y fallo para la audiencia del día diecinueve de los corrientes teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales.

Ha sido ponente de estos Autos el Ilmo. MAGISTRADO DON Carlos Altarriba Cano.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y, demás de general aplicación, se hacen los siguientes.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso administrativo contra cinco resoluciones del TEAR, todas ellas de fecha 29 de julio de 1999, desestimatorias de las reclamaciones 03/4381/95, 03/2976/95, 03/4378/95, 03/4379/95, 03/4380/95 planteadas contra otras tantas liquidaciones giradas por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por un importe, incluido el recargo por apremio de 287.666 pesetas, 33.892 pesetas, 682.272 pesetas, 326.876 pesetas, 89.687 pesetas, respectivamente.

Alega con carácter general el recurrente, la falta de notificación de las liquidaciones apremiadas en periodo voluntario de pago.

Ciertamente en los expedientes administrativos existen unas tarjetas postales de notificaciones hechas en el año 1994, pero no consta si en el acto notificador se puso de manifiesto que el objeto de la notificación era una comprobación de...

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