STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Diciembre de 2002

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2002:12526
Número de Recurso33/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación num. 33/02 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante Recurso Contencioso-Administrativo número 52/01 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Sentencia número 1608/2.002 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Francisco Hervás Vercher Don Rafael S. Manzana Laguarda En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de Diciembre de dos mil dos.- VISTO por este Tribunal, el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 33/02, interpuesto contra la Sentencia num. 140/01, dictada, con fecha 31/Diciembre/01, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante, en el recurso contencioso- administrativo número 52/01; y habiendo sido partes en el recurso: a) Como apelante, D. Luis Pablo , y b) Como apelado, el AYUNTAMIENTO DE ALCOI; y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Rafael S. Manzana Laguarda, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de instancia se dictó la Sentencia a la que se ha hecho referencia, y cuyo fallo, dispone literalmente: "Estimar en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Luis Pablo , contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento demandado, de fecha 18 de julio de 2000, modificado por el de 27 de Octubre del mismo año, así como frente a la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra dichas resoluciones, en el sentido de reducir la sanción impuesta por la Administración demandada a la de suspensión de funciones por periodo de tres meses, todo ello de conformidad con el fundamento de derecho quinto".

SEGUNDO

Interpuesto por D. Luis Pablo , recurso de apelación contra la citada sentencia, la parte apelante, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitó que se dictase sentencia por la que se revocara el pronunciamiento contenido en la dictada por el Juzgado de Instancia y se acogieran sus pretensiones.

TERCERO

Por el mencionado Juzgado se dictó providencia admitiendo el recurso y dando traslado del mismo a la parte apelada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición; cumplido este trámite, se acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 12 de Diciembre de 2.002, en cuya fecha tuvo Lugar.

CUARTO

En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente, Policía Local del Ayuntamiento de Alcoi, y Delegado de la Sección Sindical del Sindicato Profesional de la Policía Local de la Comunidad Valenciana, resultó sancionado por dicha, Corporación, como autor de varias faltas disciplinarias de carácter grave, por haber empleado su crédito horario sindical, junto con días de licencia por asuntos propios, para realizar el "Camino de Santiago -Xacobeo 99" durante el periodo comprendido entre el 25/Abril y el 7/Mayo/99, actividad que la Administración considera ajena a sus funciones sindicales.

Interpuesto recurso jurisdiccional frente a dicho acto administrativo, la Sentencia de instancia acoge parcialmente el recurso y considera que la conducta del...

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