STSJ Cataluña , 22 de Febrero de 2001

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2001:2418
Número de Recurso7723/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 7723/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL cech ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIñOL En Barcelona a 22 de febrero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1643/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Pedro frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 11 Barcelona de fecha 22 de junio de 2000 dictada en el procedimiento nº 274/2000 y siendo recurrida la empresa MIQUEL Y COSTAS & MIQUEL, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de marzo de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación derechos, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de junio de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por D. Luis Pedro , contra la empresa Miquel y Costas & Miquel, S.A., que pretendía pronunciamiento judicial declarativo y de condena del tenor que calenda el fundamento de derecho de la primera resolución, absolviendo libremente a la demanda de la pretensión de condena en su contra dirigida."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Luis Pedro , titular de D.N.I. n. NUM000 , con una antigüedad que data de 16.09.1968, una categoría profesional de "J" perteneciente al grupo profesional 08, viene prestando servicios por cuenta y orden e la empresa Miquel y Costas & Miquel, S.A., dedicada a la actividad de Industria de Pastas, Papel y Cartón.

SEGUNDO

El 12.02.1999, la empresa tras la tramitación del correspondiente expediente, dada la cualidad del actor de delegado sindical de U.G.T., participó a éste la imposición de sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 7 días por falta muy grave, medialmente a epístola en la que se hacia constar:

"dicha sanción la cumplirá Vd. cuando le sea comunicada por al empresa".

El actor consintió la sanción.

TERCERO

En fecha 17.01.2000, le participó la empresa que debía cumplir la sanción impuesta los días del 23 al 30 de enero de 2000 ambos incluidos.

Cumplió la sanción el actor los días dichos, por lo que dejó de percibir, en la indiscusión de las partes 57.111.- ptas.

CUARTO

Formuló reclamación previa postulando su reintegro el 20.03.2000, cuyo acto resultó intentado sin efecto el 05.04.2000, y demanda reproducción de la pretensión el 20.03.2000, que en turno de reparto correspondió a éste Juzgado.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

...

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