STSJ Asturias , 26 de Mayo de 2000

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2000:1997
Número de Recurso1380/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0101470 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1380 /1996 61/97 Sobre DISCIPLINA URBANISTICA De D/ña.INMOBILIARIA DEL PASAJE DE OVIEDO Procuradora Sra. Oria Rodríguez Contra D/ña. APTO OVIEDO PROCURADOR SR. García Bueres Y D. Enrique Y OTROS Procurador Sr. García-Cosío Álvarez SENTENCIA N ° 378 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ ANTONIO MORILLA GARCÍA CERNUDA Magistrados:

Dª MARÍA JOSÉ MARGARETO GARCÍA D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ En Oviedo, a veintiséis de mayo de dos mil. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1.380 de 1996, y su acumulado 61 de 1997 , interpuestos, ambos, por "INMOBILIARIA DEL PASAJE DE OVIEDO, S.A.", representada por la Procuradora Dª Pilar Oria Rodríguez, y dirigida por el Letrado D. Agustín Tomé Fernández, contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador D. Luis de Miguel García Bueres, y dirigido por el Letrado D. Justo Rafael de Diego Arias, siendo parte codemandada, en el primero de ellos, D. Enrique , D. Carlos Alberto , Dª Ana María , D. Andrés , D a Carina (conocida por Penélope), D. Plácido y Dª

Montserrat , representados y dirigidos por el Procurador D. Ángel García-Cosío Álvarez, y dirigidos por el Letrado D. José María Alonso-Vega Álvarez, versando el recurso sobre Ejecución subsidiaria de las obras de ornato de las fachadas exteriores n° NUM000 de la C/ DIRECCION000 ; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sala D. JOSÉ ANTONIO MORILLA GARCÍA CERNUDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso n° 1.380/96, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOE de la Provincia y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución impugnada, o bien, subsidiariamente, la improcedencia de la misma por encontrarse incurso el edificio número NUM000 de la C/ DIRECCION000 de Oviedo en situación de ruina económica, con expresa imposición, en ambos casos, de costas a la recurrida.

A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte recurrente. A medio de otrosí solicitó la acumulación de los recursos.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del recurso interpuesto. A medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

CUARTO

Por Auto de 10 de abril de 1997 , se acordó la acumulación de los recursos número 1.380/96 y 61/97, y se confirió

QUINTO

Conferido traslado a la parte recurrente para que formulase la demanda en el recurso n°

61/97, lo hizo en tiempo y forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó oportuno y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución impugnada, o bien, subsidiariamente,laimprocedenciadela misma por encontrarse incurso el edificio n° NUM000 de la C/

DIRECCION000 de Oviedo en situación de ruina económica, con expresa imposición, en ambos casos, de costas a la recurrida. A medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEXTO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia por la que se declare la desestimación del recurso, con expresa condena en costas a la parte recurrente.

SÉPTIMO

Por Auto de 4 de septiembre de 1997 se abrió el recurso a prueba, habiéndose...

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