STSJ Cataluña , 9 de Diciembre de 2004

PonenteFRANCISCO BOSCH SALAS
ECLIES:TSJCAT:2004:14157
Número de Recurso7434/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

fc ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS En Barcelona a 9 de diciembre de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 8793/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Alicia y Otro frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Terrassa de fecha 16 de Julio de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 1419/2002 y siendo recurrido/a FUNDACIO TORRE DEL PALAU y FOGASA. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de Mayo de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16 de Julio de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimando en parte la demanda presentada por Alicia y Eugenio contra la Empresa Fundació Torre del Palau y Fondo de Garantía Salarial, condeno a la demandada a abonar a cada uno de los actores, en concepto de liquidació de partes proporcionales de pagas extras y vacaciones, la cantidad de 759,29 euros, absolviendo a la empresa demandada del resto de pretensiones deducidas en su contra y absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La demandada Fundació Torre del Palau se constituyó como fundación de carácter privado sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, por escritura otorgada en fecha 1 de marzo de 1985. Consta inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña con el número 157 y fue declarada "Entidad de Interés Cultural" por Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de 25 de noviembre de 1997 (DOG de 26-1-1998). Sus finalidades fundamentales según sus Estatutos (modificados por acuerdo adoptado en reunión ordinaria de su Patronato celebrada en 10 de julio de 2002), son las siguientes:

    1. Organización de espectáculos teatrales, musicales, cinematográficos u otros.

    2. Organización de actividades de esparcimiento y tiempo libre, excursiones, convivencias, salidas y viajes culturales.

    3. Gestión de infraestructuras administrativas y contables para entidades culturales y recreativas.

    4. Representación contractual de artistas en todos los ámbitos del arte.

    5. Organización de congresos, jornadas y reuniones.

    6. Negociación de ayudas y subvenciones ante instituciones públicas y privadas.

    7. Realización de enseñanzas artísticas.

    8. Cooperación al desarrollo, sobre todo de los países más desfavorecidos.

    9. Impulso de estudios y búsquedas culturas y científicas.

    10. Edición, promoción y difusión de estudios, biografías y monografías culturales, especialmente terrassenses, comarcales y locales, así como materiales didácticos y pedagógicos en todos los ámbitos y soportes.

    11. Desarrollo y consolidación de la democracias y del estado de derecho, para permitir la participación ciudadana en las actividades propias de una sociedad socialmente avanzada.

      I) Fomentar procesos de formación y promoción lingüística de la lengua catalana.

    12. Convocar concursos y premios.

    13. Realizar actividades de educación de adultos en general.

    14. Realizar actividades de educación ambiental, conservación de la naturaleza y promoción del desarrollo sostenible.

    15. Gestionar servicios culturales y sociales destinados a la población en general, y especialmente a colectivos de niños y jóvenes, personas mayores, personas marginadas, inmigrantes del estado español y de otros países, asociaciones de padres, para mejorar la calidad de vida y la integración de colectivos en riesgo o situación de marginación y exclusión.

    16. Atención y promoción por medio de todas clase de actividades de las personas discapacitadas y sus padres y parientes.

    17. Fomentar la participación activa de la mujer en la vida familiar, social, cultural y económica en todo el mundo y en especial en los países en vías de desarrollo.

    18. Promoción de la cultura popular, especialmente de la catalana.

    19. Realizar actividades benéficas y docentes de soporte y atención social de toda clase.

    20. Realizar cualquier otra actividad o servicio que potencie la oferta cultural y recreativa a los ciudadanos.

  2. - La Fundación demandada viene realizando en concreto últimamente los proyectos y actividades que a continuación se describen: - "Pedagogía del Espectáculo", que ofrece espectáculos de teatro, cine, danza y música adecuados para cada ciclo escolar.

    - "Conocer el País", programa de salidas escolares.

    - "Premi Mont D'Or", para promover la creación de materiales educativos, extraescolares o de tiempo libre a realizar en los albergues Rectoría de la Selva y/o Viladoms de Baix.

    - "SEGA" (Servei d'Edició, Gestió i Administració), que pone a disposición de los escolares los libros y cuentos musicales editados por la Fundación.

    - Proyecto "Els Llibres de Terrassa", servicio de edición de libros de temática terrassense.

    - Proyecto AETM (Ayuda a Estudiantes del tercer Mundo), en colaboración con otras instituciones, públicas y ONGs.

  3. - La Fundación gestiona, además, dos albergues, denominados "Rectoría de la Selva", sito en la población de Navés (Lleida), y "Viladoms de Baix", sito en la población de Castelbell i el Vilar (Barcelona).

    Por resolución de Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña de 12 de febrero de 1999 se acordó la inscripción de la Fundación como "Entidad privada de Iniciativa Social", así como la modificación de la titularidad del servicio "Rectoría de la Selva y Camping Masia", que pasó a la Fundación demandada. La rectoría de la Selva dispone de instalaciones deportivas, sala de audiovisuales y extensos espacios exteriores y tiene los servicios propios de hostelería, incluido comedor. Ofrece estancias escolares, créditos de síntesis y variables, talleres y actividades, colonias y convivencias, fines de semana, terreno de acampada, camping-masía de uso privado, deportes de aventura, escuela de educación ambiental, escuela de naturaleza, granja- escuela, estancias deportivas, encuentros y celebraciones y turismo rural.

  4. - Turisme Juvenil de Catalunya, S.A., empresa pública de la Generalidad de Cataluña, organiza, de julio a septiembre, el programa de colonias de verano denominado "L'Estiu es teu", dirigido a grupos escolares, fundamentalmente. Entre los albergues que se ofrecen se incluyen los dos que gestiona La Fundació Torre del Palau.

  5. - En fecha 30 de mayo de 2002 los dos actores firmaron sendos contratos de trabajo temporales por circunstancias de la producción, a tiempo completo, de duración prevista hasta el 3 de enero de 2003. La categoría que para ambos trabajadores se establece en el contrato es la de "masover/a" y en ambos contratos -de idéntico contenido- se incluyen, entre otras cláusulas que no interesan a la resolución del litigio, las siguientes:

    - El trabajador prestará sus servicios como masover y cocinero de la casa del albergue Rectoría La Selva, siendo el objeto de este contrato la realización de tareas relacionadas...

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