STSJ Comunidad Valenciana , 5 de Enero de 2001

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2001:22
Número de Recurso972/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm: 972/97 S E N T E N C I A N º 68 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D.JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a cinco de enero de dos mil uno. Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 972/97, promovido por la Procuradora Dª Elena Gil Bayo, en nombre y representación de CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO, contra la resolución del TEAR de Valencia de 31 de enero de 1997 desestimatoria de la reclamación nº 03/6176/94 deducida contra el Acuerdo del Inspector Regional de 26 de mayo de 1994 por el que se practicó la liquidación derivada del Acta de disconformidad nº 01535896 incoada a la entidad Caja Rural del Mediterraneo, Sociedad Cooperativa, por el concepto Licencia Fiscal de Actividades Comerciales e Industriales, ejercicios 1985, 1986, 1987, 1988 y primer trimestre de 1989, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día quince de diciembre de dos mil, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto contra la resolución del TEAR de Valencia de 31 de enero de 1997 desestimatoria de la reclamación nº 03/6176/94 deducida contra el Acuerdo del Inspector Regional de 26 de mayo de 1994 por el que se practicó la liquidación derivada del Acta de disconformidad nº 01535896 incoada a la entidad Caja Rural del Mediterraneo, Sociedad Cooperativa, por el concepto Licencia Fiscal de Actividades Comerciales e Industriales, ejercicios 1985, 1986, 1987, 1988 y primer trimestre de 1989

SEGUNDO

La citada deuda tributaria se exige a la entidad ahora recurrente en razón de lo dispuesto en el art. 72-1 de la Ley General Tributaria que dispone que "las deudas y responsabilidades tributarias derivadas del ejercicio de explotaciones y actividades económicas por personas físicas, Sociedades y Entidades jurídicas serán exigibles a quienes les sucedan por cualquier concepto en la respectiva titularidad, sin perjuicio de lo que para la herencia aceptada a beneficio de inventario establece el Código Civil".

Tal como ya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR