STSJ Cataluña , 18 de Enero de 2002

PonenteCELSA PICO LORENZO
ECLIES:TSJCAT:2002:638
Número de Recurso772/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Sala de lo Contencioso-Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Sección Segunda Recursos acumulados 772-97 y 1461/97 Ilmos. Sres Magistrados Doña Celsa Pico Lorenzo Don José Manuel Bandres Sánchez Cruzat Doña María Fernanda Navarro de Zuloaga SENTENCIA nº 55 En la ciudad de Barcelona a dieciocho de enero del año dos mil dos. DOÑA Celsa Pico Lorenzo, MAGISTRADO DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION SEGUNDA), designado Ponente, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY, la siguiente sentencia en el recurso contencioso- administrativo número 3407-96 interpuesto por el procurador Doña Carlota Pascuet Soler en nombre y representación de Construcciones Mecánicas TR SL defendida por el letrado Don S. Puig Eyre contra la Tesorería General de la Seguridad social Delegación Provincial de Girona defendido por letrado de la Seguridad social.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por la parte actora, se interpuso recurso contencioso-administrativo 772/97 contra la resolución de 4 de marzo y contra las de 27 de marzo ambas de 1997 desestimando recurso ordinario contra reclamaciones de deuda 96/29677150, 96/29677352, 96/29677453 y 96/29677554, y contra reclamaciones de deuda 96/29676948 y 96/29677049, al que se acumuló el recurso 1461/1997 contra la resolución de 6 de mayo de 1997 desestimando recurso ordinario contra certificaciones de descubierto 96/29676948, 96/29677049; 96/29677150; 96/29677352, 96/296774453 y 96/29677554.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite de los recursos, publicación de su interposición y recepción de los expedientes administrativos, se dedujo las correspondientes demandas, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que se accediera a su pretensión.

TERCERO

La administración demandada se opuso a la pretensión actora pidiendo la confirmación del acto.

CUARTO

Estando los autos conclusos se señaló día y hora para votación y Fallo, que tuvo lugar el 16 de enero de 2002.

QUINTO

En la sustanciación de este pleito se han seguido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la actora en la causa 772/1997 la desestimación del recurso ordinario contra la resolución confirmatoria de reclamaciones de deuda sustentadas en previa declaración de derivación de responsabilidad entre las empresas Ruedas Dentadas SL y Construcciones Mecánicas TRSL declarada en 3 de julio de 1996 y notificada el 12 de noviembre siguiente, mientras en la causa 1461/1997 se cuestionan, determinadas providencias de apremio sustentadas en las antedichas reclamaciones de deuda.

Partía la administración de la responsabilidad solidaria establecida en el art. 44 del estatuto de los Trabajadores en relación al los arts. 30, 41.-2 y 127 del RD Legislativo 1-94, de 20 de junio, y al art. 10 del Reglamento de recaudación de recursos de los sistemas de la seguridad social, RD 1637-95, de 6 de octubre.

Para ello considera como hechos probados en la resolución de 4 de marzo de 1997, reiterados en la de 27 siguiente, tras partir del acta de la inspección de Trabajo levantada el 21 de febrero de 1995, tras denuncia anónima y visitas a la empresa el 14 de diciembre de 1994 con ulteriores citaciones de 20 de diciembre, 27 de diciembre de 1994 y 23 de enero de 1995 1) Que de los 14 trabajadores de Construcciones Mecánica TRSL, once proceden de Ruedas Dentadas SL y otra es Sara , DIRECCION000 de ambas empresas.

2) Que la empresa Ruedas Dentadas SL cesó en su actividad el 30 de abril de 1994, causando baja en la seguridad social, por lo que el alegado aumento de capital efectuado el 24 de mayo de 1994 mediante escritura pública carece de relevancia, máxime al no haberse inscrito en el Registro Mercantil.

3) Que Construcciones Mecánica TRSL se constituye por Sara y Bartolomé , ambos DIRECCION000 de Ruedas Dentadas SL y este ultimo administrador hasta 1991, junto con Carlos Miguel de ruedas Dentadas.

4) Que parte de la maquinaria existente en la...

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