STSJ Islas Baleares , 2 de Noviembre de 2001

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2001:1526
Número de Recurso963/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 1054 En la ciudad de Palma de Mallorca a 2 de noviembre del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 963 de 1999, seguidos entre partes; como demandante, D. Jesús Carlos , representado por la Procuradora D. Catalina Salom Satana, y asistido del Letrado D. José Pradel Alfaro; y como Administración demandada, la General del Estado, representado y asistido por su Abogado.

El objeto del recurso es la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional en Illes Balears, de 30 de julio de 1999, por la que se desestimaban las reclamaciones acumuladas números 1093 a 1103 de 1997 y 1962 de 1998 contra el acuerdo dictado por la Unidad de Recaudación de la Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Palma Levante declaratorio de responsabilidad subsidiaria en las deudas contraídas por la entidad DIRECCION000 , contra cada uno de los elementos incluidos en la deuda exigida y contra el acuerdo de la Administración de Palma Levante de modificar el alcance de la responsabilidad exigida al Sr. Jesús Carlos tras embargar a la entidad citada 2.258.206 pesetas, a raíz de acordarse la procedencia de esa devolución en relación a solicitud efectuada por la indicada entidad el 30 de enero de 1993.

La cuantía del recurso se ha fijado en 2.526.403 pesetas.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 15 de noviembre de 1999, admitiéndose a tramite por providencia del día 18 siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 31 de julio de 2000, solicitando la estimación del recurso. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni tramite de vista o conclusiones.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda el 30 de septiembre de 2000, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las costas del juicio. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni tramite de vista o conclusiones.

CUARTO

Por providencia de 23 de octubre de 2001, se señaló el día 30 siguiente para la votación y Fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.

El 30 de mayo de 997 la Unidad de Recaudación de la Administración de la AEAT de Palma- Levante dictó acuerdo de derivación de responsabilidad contra el aquí recurrente, D. Jesús Carlos declarando la responsabilidad subsidiaria en las deudas contraídas por al entidad DIRECCION000 .

Al respecto, el Sr. Jesús Carlos presentó la reclamación número 1093/97 contra ese acuerdo y las reclamaciones número 1094 a 1103/97 contra cada uno de los elementos tributarios incluidos en la deuda exigida.

El 10 de diciembre de 1998 se notificó al Sr. Jesús Carlos el acuerdo del Administrador de Palma-Levante por el que, tras haberse acordado el 2 de octubre de 1998 la procedencia de la devolución de 2.258.206 pesetas a DIRECCION000 , quien el 30 de enero de ese ario había solicitado la devolución de 2.367.790 pesetas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR