STSJ Cataluña , 26 de Septiembre de 2002
ECLI | ES:TSJCAT:2002:10613 |
Número de Recurso | 515/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso n° 515/1998 SENTENCIA N° 696/2002 En la Ciudad de Barcelona, a veintiséis de septiembre de dos mil dos. DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO, MAGISTRADO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso- administrativo número 515/1998, interpuesto por DOÑA Almudena , representada y dirigida por el Letrado DON FERNANDO LILLO ARSENAL, contra ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD, representada y dirigida por el sr. LETRADO DE LA GENERALIDAD.
Por la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución del Director General del Juego y Espectáculos, de 23 de febrero de 1998.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha señalada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales. Se significa que esta sentencia se dicta por un solo Magistrado, al amparo de lo previsto en la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.
En el presente proceso se impugna la resolución del Director General de Juego y Espectáculos, de 23 de febrero de 1998, que acuerda: a) adoptar las siguientes medidas cautelares: comiso o intervención administrativa del material relacionado con las actividades ilegales de juego y, en su caso, depósito del material que servía de soporte a la organización de estos, y cierre, y, si procede, precinto,...
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