STSJ Galicia , 31 de Enero de 2002

PonenteJOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2002:808
Número de Recurso8680/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0008680 /1997 RECURRENTE: XOLDA S. L. ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTES D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 114 /2002 Iltmos. Sres:

D. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, treinta y uno de enero de dos Mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008680 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por XOLDA S. L., con D. N. I. /C. I. F H-15104219 domiciliado en C/ Juan de Filgueiras s/n (Ferrol (A Coruña)), representado por D/ña. XULIO LOPEZ VALCARCEL y dirigido por el Letrado D/ña. FRANCISCO JAVIER DIAZ CASTELLANOS, contra Acuerdo de 7 /11 /96 desestimatorio de rec. nº 15 /4412 /94 y acumuladas 15 /5143,44,45 /94 y 15 /2320,21,22 /95 interpuesta contra otros del Jefe Depend. Recaudación A. E. A. T. de A Coruña dictando provi. apremio por I.S, IVA y L. Fiscal; Ej. 89,90,91.

Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuanta del asunto es determinada en 24.581.677 ptas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por asedio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 22 de Enero de 2002, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - El presente recurso jurisdiccional tiene por objeto las impugnación de la resolución del TEAR de Galicia de 7 de noviembre de 1996 desestimando lee reclamaciones que interpusieron contra las liquidaciones que derivadas de las Actas de Inspección Tributaria levantadas el 26 de abril de 1993 por importe de 24.581.677 ptas incoadas por el concepto de IVA, Impuesto sobre Sociedades y Licencia Fiscal correspondiente a los ejercicios 1989, 90 y 1991, de la Empresa recurrente XOLDA S. L. y de la que dimanó la providencia de apremio que es objeto de impugnación por haber sido desestimado por el referido TEAR de Galicia al 7 -11 -96.

  2. - Se impugna la resolución en base a una serie de defectos que anteriormente y en...

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