STSJ Cataluña , 11 de Diciembre de 2000

PonenteFELIX VICENTE AZON VILAS
ECLIES:TSJCAT:2000:15717
Número de Recurso6287/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6287/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL c.c ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMO. SR. D. FÉLIX V. AZÓN VILAS En Barcelona a 11 de diciembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 10169/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Julián frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº24 Barcelona de fecha veintinueve de marzo de dos mil dictada en el procedimiento nº 116/2000 y siendo recurrido/a PLATAINOX S.L.L., PATRIPLATA S.L., FOGASA y FARCO ORFEBRES S.L.. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. FÉLIX V. AZÓN VILAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de febrero de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido objetivo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha veintinueve de marzo de dos mil que contenía el siguiente Fallo:

"Que apreciando la excepción de inadecuación de procedimiento y, sin entrar, por lo mismo, en el fondo del asunto, debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por DESPIDO por la parte actora Don Julián contra Platainox S.L.L. Patriplata, S.L. Farco Orfebres, S.L. y F.O.G.A.S.A a quienes libremente absuelvo de los pedimentos de la presenta demanda".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La parte actora, Don Julián , ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada Platainox. S.L.L. con la categoría de Maestro de taller y las funciones de encargado, antigüedad del 1 de marzo de 1963, y salario mensual bruto de 453.231.-ptas.

  2. - La empresa demandada Platainox S.L.L. procedió al despido mediante carta, entregada el día 3 de enero de 2000, que se da por reproducida por obrar en Autos y que producía efectos desde esa misma fecha.

  3. - En fecha 5 de enero de 2000 la empresa demandada Platainox, S.L.L. envía nueve carta de despido con efectos a partir del día 15 de enero de 2000, que asimismo se da por reproducida por obrar en Autos.

  4. - El día 18 de enero de 2000 la empresa demandada Platainox S.L.L envía un burofax del siguiente tenor literal:

    "Por el presente ponemos en su conocimiento que la carta de despido por causas objetivas, que le fueron entregadas el pasado día 3 de enero de 2000, queda sin efecto, por lo que queda Ud. readmitido.

    Con dicho motivo deberá Ud. reincorporarse inmediatamente en su puesto de trabajo."

  5. - Tras su reincorporación, el actor envió dos telegramas a la empresa Platainox, S.L.L. de fecha 20 y 27 de enero de 2000 cuyo contenido, respectivamente, es el siguiente:

    1. "Les requiero para que me reconozca que mi misión es para la misma función de encargado, categoría de maestro taller, que tenía antes despido."

    2. " Por entender que no me han readmitido en mi puesto de trabajo les anuncio que prosigo mis actuaciones de despido contra ustedes."

  6. - La empresa Platainox, S.L.L. responde a estos telegramas enviando dos burofax de fechas 24 y 31 de enero de 2000, del siguiente tenor literal, respectivamente:

    a)"En contestación a su telegrama de 20 del corriente mes, le ratificamos que su readmisión, como no puede ser de otra forma, lo es con la misma categoría profesional y salario que ostentaba Ud. en el momento del despido, causa de su readmisión."

    1. "En contestación a su telegrama del corriente mes, agradeceríamos nos indique en base a qué manifiesta Ud. que no se le asignan las funciones que le corresponden, puesto que usted realiza Ud. en este momento, las mismas que desde siempre viene realizando."

  7. - El día 28 de enero d 2000 la empresa Platainox S.L.L envía otros burofax al actor, del siguiente tenor literal:

    "Con motivo de los bajos niveles de producción que en estos momentos tiene fábrica, tras reunión mantenida con el Comité de empresa, se ha decidido la realización de quince días de vacaciones de diverso personal,en próximas fechas.

    Con respecto a su posición personal, se ha decidido que inicie Ud. período vacacional el próximo 1 de febrero."

  8. - En fecha 14 de febrero de 2000 el actor causa baja iniciando período de Incapacidad Temporal.

  9. - En fecha 4 de febrero de 2000, la empresa Platainox, S.L.L. solicita autorización para proceder a la rescisión del contrato de 53 trabajadores (entre los que se incluye el actor) alegando razones de tipo económico; siendo aprobada tal autorización mediante resolución del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya, de fecha 14 de febrero de 2000, con nº de expediente 26/00 10º.- El día 22 de febrero de 2000 la empresa Platainox S.L.L envía un nuevo burofax del siguiente tenor literal:

    "En uso de la autorización recaída el E.R.E. 29/00 de 14 de febrero de 2000, pongo en su conocimiento que su contrato de trabajo queda rescindido con efectos del día de hoy. En dicho sentido le notificamos que en las oficinas de la empresa, tiene Ud. A su disposición la documentación necesaria para que solicitad, de ser su voluntad las correspondientes prestaciones por desempleo."

  10. -El actor permanece en alta en la Seguridad Social hasta el día 22 de febrero de 2000, habiendo percibido el salario correspondiente al mes de enero.

  11. - La empresa FARCO ORFEBRES, S.L. tiene su domicilio social en C/ Gonzalo y Pons nº 4 de Hospitalet de LLobregat, inscrita en registro Mercantil de Barcelona al Tomo 29.982, Folio 0056, hoja número 162.078 y C.I.F nº B-61.363.966 siendo DIRECCION000 solidario de la misma Don Armando .

  12. - La empresa PLATAINOX, S.L.L tiene su domicilio social en Calle Coromina nº 6 de Hospitalet de Llobregat, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 32.012, Folio 21, Hoja número B 204080 y C.I.F. nº B-61741351 siendo Consejero Delegado y DIRECCION001 de la misma Don Gabino y Apoderado Don Íñigo . Fue constituida por...

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