STSJ Cataluña , 2 de Marzo de 2000

PonenteADOLFO MATIAS COLINO REY
ECLIES:TSJCAT:2000:2984
Número de Recurso8003/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 8003/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL (mc)

ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Dª. Mª LOURDES ARASTEY SAHUN ILMO. SR. D. ADOLFO MATÍAS COLINO REY En Barcelona a 2 de marzo de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 2042/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Jesús frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº20 Barcelona de fecha 9 de julio de 1999 dictada en el procedimiento nº 330/1999 y siendo recurrido/a Hans E. Ruth, S.A.. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. ADOLFO MATÍAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30.03.99 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 9 de julio de 1999 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimando la demanda presentada por Jesús contra Hans E. Ruth S.A. de despido improcedente, debo absolver y absuelvo a Hans E. Ruth S.A. de los pedimentos deducidos en la demanda, y por ello es ajustada a derecho la extinción de la relación laboral del actor en la empresa Hans E. Ruth S.A. con efectos 22-2-99".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Primero.- D. Jesús con D.N.I. NUM000 , con una antigüedad desde el 1 de marzo de 1984 (Fol.168), con categoría profesional de Jefe de Ventas (Fol. 168), y un salario de 459.667-ptas (Fol.168 a 171).

Segundo

Se celebró el acto de conciliación sin avenencia el 23 de marzo de 1999 (Fol. 13).

Tercero

La empresa demandada comunicó al actor el 22 de febrero de 1999 (Fol.2239 TOMO XVI Doc. 519 prueba documental de la actora:

"El pasado día 30 de Junio de 1998 se le tuvo que sancionar por los hechos que son de ver en carta de esa fecha y que constituyen un grave incumplimiento de sus obligaciones.

Con posterioridad a la citada sanción y ante la persistencia de sus incumplimientos, se le tuvo que recordar sus obligaciones mediante escrito de fecha 15 de Octubre de 1998.

Desgraciadamente, no solo hizo usted caso omiso del contenido de la citada comunicación, sino que se agravaron aún más sus constantes incumplimientos, llegándose a una situación totalmente insostenible de absoluta indisciplina y conflicto con la totalidad de la plantilla de la empresa.

Por ello el pasado día 12 de Enero de 1999 se le entregó nuevamente carta de esa fecha en la que se le compelía a normalizar inmediatamente su situación laboral ejecutando con iniciativa, diligencia y buena fe las órdenes de la empresa y el cometido propio de su puesto de trabajo, advirtiéndole que si no se producía esa normalización de forma inmediata, la empresa sintiéndolo mucho se vería en la obligación de proceder a su despido.

Transcurrido más de un mes desde nuestra última carta podemos constatar que persiste usted en su actitud de absoluto incumplimiento de sus obligaciones. Concretamente:

  1. Se niega a comunicarse ni dar información de ningún tipo a sus compañeros de trabajo, desconociendo todo el mundo qué es lo que usted hace, pues no se comunica con nadie.

  2. No atiende usted a los vendedores de su zona.

  3. Ante el constante descenso de las ventas en su zona no da explicación alguna ni la más mínima iniciativa o sugerencias. Sencillamente está al margen de lo que pueda ocurrir en la zona de la que es responsable.

  4. Sigue sin hacer visitas a clientes, concretamente desde el 20 de octubre no ha efectuada ninguna.

  5. Se desconoce el trabajo que efectúa diariamente. Cada mañana se encierra en su despacho y se pone a trabajar en el ordenador hasta la finalización de la jornada, sin dar explicación alguna de lo que hace.

    Cuando el Sr. Jorge y el Sr. Salvador acudieron a su despacho el día 11 de diciembre de 1998, apagó el ordenador sin querer ni imprimir ni explicar lo que hacía. Dicha actitud se ha vuelto a repetir el pasado día 18.2.1999.

  6. No facilita ningún informe escrito de su actividad desde el pasado día 20 de octubre, a pesar de las constantes solicitudes verbales y escritas que se le han hecho.

  7. No ha facilitado a pesar de las múltiples solicitudes ninguna explicación coherente respecto a la desaparición de toda la documentación de la empresa que se encontraba en su despacho.

    Ante lo insostenible de la situación el pasado día 21-1-99 se mantuvo una reunión en la empresa con usted y diversos trabajadores de la misma para clarificar de una vez por todas las cuestiones anteriormente expuestas y tratar en consecuencia de los siguientes temas: 1) Desaparición de documentación comercial y estudios de mercado de su despacho, 2) Motivos de ausencia de comunicación con sus compañeros, 3)

    Razones de falta de atención a vendedores, 4) Causas de baja de ventas en su zona y 5) Explicación de por qué no hace visitas a clientes desde el pasado 20-10-98, 6) Explicación de en qué consiste su trabajo desde hace más de tres meses, 7) Informes solicitados por gerencia desde el pasado 20-10-1998.

    La citada reunión se inició con el primer punto, solicitando la gerencia de la empresa una explicación por su parte de cuándo se había producido la desaparición de la documentación y por qué no había informado de forma inmediata.

    Ante esa cuestión usted manifestó que no pensaba dar explicación alguna y que únicamente contestaría preguntas escritas después de consultarlo con su abogado. Posteriormente abandonó la sala de juntas a pesar de las órdenes de director de la empresa de que continuara en la misma para proseguir la reunión ya que habían otros temas pendientes de comentario.

    Posteriormente ha seguido usted su tónica de estar al margen de lo que ocurre en la empresa y estar incomunicado. Todo ello a pasar de haber comparecido el pasado día 2 ante el Juzgado de lo Social nº 9 de los de Barcelona y haber aceptado la comisión anterior de una falta muy grave por anteriores hechos que dieron lugar a su sanción.

    Esa comparecencia ante el Juzgado y el reconocimiento de hecho por su parte los incumplimientos mencionados no han provocado cambio alguno en su actitud ya que como hemos dicho siguió usted como es habitual en los últimos incumpliendo totalmente sus obligaciones.

    Además de su conducta de aislamiento habitual, es de destacar que el pasado día 17-2-99 por la tarde se le vio por el personal de la empresa haciendo durante varias horas fotocopias de facturas de la empresa que usted sacaba de los correspondientes archivadores, sin que hubiese orden ni razón alguna para ello.

    Ante esa situación, y en un último intento de reconducir la situación, el pasado día 18-2-99 se personó en su despacho, siendo las 11 horas, el Director de la empresa, Don. Jorge acompañado de los empleados de la misma Don. Salvador y Sra. Erica .

    Al ser preguntado sobre lo que hacía durante las ocho horas diarias de trabajo en su ordenador, su reacción fue apagar la pantalla de inmediato sin querer dar explicaciones sobre lo que estaba haciendo.

    Se le preguntó, que había hecho desde el pasado día 5-2-99 en que se había reincorporado de vacaciones, respondiendo usted que se negaba a dar explicaciones verbales y que solo contestaría las preguntas que se le hicieron por escrito, todo ello en un elevado tono de voz y exigiendo dar por terminada la reunión.

    Ante la insistencia del gerente de la empresa pidiéndole los informes de su actividad diaria desde el pasado 20-10-98, su respuesta fue similar a la anterior.

    Al ser preguntado por seis catálogos de folletos que tiene en su estantería a medio hacer desde el mes de julio de 98, no respondió usted retirándose en que todo lo que le tuvieran que decir lo fuera por escrito.

    También se le volvió a pedir explicaciones sobre la desaparición de la documentación de su despacho y porque no había informado usted a la empresa, a lo que únicamente contestó que usted no se había llevado la documentación.

    Por último se le requirió a que comunicara dónde se encontraban las fotocopias que había hecho de las facturas recientes de los clientes de la empresa, ya que es un material que pertenece a la empresa y usted no precisa. Ante esa solicitud usted contestó en el sentido de que tenía las fotocopias de las facturas en su despacho bajo llave para que no se las robasen. Ante la insistencia del Gerente para que mostrase dicha documentación, usted se negó a ello, y a seguir tratando ninguna otra cuestión, por lo que finalizó la reunión.

    Posteriormente a esa reunión se ausentó usted de la empresa al mediodía. Siendo las 15,30 horas llamó usted desde su despacho a la oficina, manteniendo una conversación telefónica con su compañera Srta. Erica . En dicha conversación dijo usted estar dolido con sus compañeros porque colaboraban con la empresa y en su contra y concretamente refiriéndose a la reunión de la mañana le dijo a la Srta. Erica entre otras cosas "ten mucho cuidado ... te estás junto con Isabel y Marí Jose Justicia metiendo en un juego muy peligroso colaborando con la empresa...", lo cual calificó de advertencia y no de amenaza.

    Por la tarde cogió usted un archivador de facturas y comenzó a clasificarlas para hacer fotocopias de las mismas. Personado en su despacho, el gerente de la empresa le dio la orden de que...

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