STSJ Andalucía , 17 de Junio de 2002

PonenteRAMON GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2002:9095
Número de Recurso862/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 862/2.002 Sentencia nº : 1.141/2.002 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. RAMON GOMEZ RUIZ Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES En Málaga a diecisiete de Junio de dos mil dos. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Dª. María Inmaculada contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº siete, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. RAMON GOMEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. María Inmaculada sobre Despido, siendo demandado BAC ANDALUCÍA, S.L. Y OTRO habiéndose dictado Auto por el Juzgado de referencia en fecha 7 de Diciembre de 2.001 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que contra dicho Auto anunció Recurso de Suplicación la parte demandante, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La recurrente obtuvo el 25-3-98 Sentencia favorable por despido improcedente contra la empresa demandada Bac Andalucía, S.L., tramitándose a su instancia ejecución de la misma contra la empresa condenada, pero ya en ejecución de sentencia el 19-6-01 formuló solicitud de que la ejecución se dirigiera contra la empresa Bosch Abellan Consejeros, S.L. y sus integrantes a los que no había inicialmente demandado y no habían sido parte del proceso ni habían sido condenados.

Tramitado incidente del art. 236 Ley de Procedimiento Laboral y celebrada comparecencia, el Magistrado a quo dictó Auto en el que declaró la existencia de las relaciones societarias que se recogen en los antecedentes de hecho de dicha resolución pero denegó la ampliación pedida al existir estas relaciones ya en el momento del despido y de la presentación de la demanda y tampoco poderse declarar en los supuestos de grupos de empresa.

SEGUNDO

Previo Recurso de Reposición igualmente desestimado que confirmó la resolución denegatoria se alza la parte ejecutante en esta vía del Recurso interesando la revisión de hechos probados por correcto cauce procesal del art. 191 b) Ley de Procedimiento Laboral, con modificación de los antecedentes de hecho nº 4 y 5 con la redacción alternativa que propone, y en un segundo motivo formulado al amparo del art. 191 c) Ley de Procedimiento Laboral al examen del derecho aplicado, denuncia la infracción del art. 44 Estatuto de los Trabajadores que regula el...

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