STSJ Andalucía , 10 de Marzo de 2000

PonenteJOSE MARIA CAPILLA RUIZ-COELLO
ECLIES:TSJAND:2000:3837
Número de Recurso3161/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

M.R.O. SENT. NÚM. 802/2000 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEON SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a diez de Marzo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 3.161/99, interpuesto por Dª. Edurne contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Jaén en fecha 4 de Julio de 1.999 en Autos núm. 311/99 ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Edurne en reclamación sobre despido contra INSTITUTO PROVINCIAL DE ASUNTOS SOCIALES, PATRONATO PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL, INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, SEGRAMAAL SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 4 de Julio de 1.999 , por la que desestimando la demanda formulada por la actora, absolvía de la misma a los demandados.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Con fecha 6 de Julio de 1.989, el Instituto Andaluz del la Mujer, dependiente de la Junta de Andalucía, y la Diputación Provincial de Jaén, suscribieron un acuerdo, que obra en autos a los folios 20 a 42 y se da por reproducido en su integridad, para la creación de un Centro de la Mujer gestionado por la Diputación Provincial y dependiente y financiado por el Instituto Andaluz de la Mujer; este Convenio se prorrogó por acuerdo de fecha 14 de Julio de 1.993, hasta el 31 de Diciembre del mismo año. En fecha 24 de Mayo de 1.994 el Instituto Andaluz de la Mujer y la Diputación Provincial de Jaén suscribieron otro acuerdo que obra a los folios 45 a 54 de los autos y se da por reproducido en su integridad, para la gestión por parte de la Diputación del Centro Provincial de la Mujer y subvencionado por el Instituto Andaluz de la Mujer, convenio que fue modificado por otro de fecha 12 de Junio de 1.995 que obra a los folios 58 a 66 de los autos que se dan por reproducidos y que fue prorrogado el 12 de Abril de 1.996; en fecha 27 de Octubre de 1.997 se firmó un nuevo Convenio que obra a los folios 69 a 75 de los autos y se da por reproducido.

  2. - Como consecuencia de dichos Convenios, la demandante, Dña. Edurne , con D.N.I. nº NUM000 , inició su relación laboral con el Patronato Provincial de Bienestar Social, que con posterioridad pasó a denominarse Instituto Provincial de Asuntos Sociales a partir del 1 de Diciembre de 1.996, dependiente de la Diputación Provincial de Jaén, con la categoria de Auxiliar Social, por contrato de duración determinada de fecha 28 de Diciembre de 1.993; en dicho contrato, que obra al folio 256 de los autos y se da por reproducido en su integridad, se pactó un año de duración siendo su objeto el desarrollo del proyecto de la Casa de Acogida para mujeres maltratadas, al amparo del Convenio de Cooperación entre el Instituto Andaluz de la Mujer y el Patronato de Bienestar Social.

  3. - La demandante ha venido prestando servicios de forma ininterrumpida hasta el 31 de Marzo de 1.999, con la referida categoría profesional, en el Centro de Mujeres Maltratadas, sito en el Paseo de la Estación nº 49, 1º Izda., de Jaén, percibiendo últimamente un salario de 198.000 pesetas mensuales, incluida parte proporcional de pagas extras. Con fecha 9 de Marzo de 1.999, la demandante recibió notificación del Instituto Provincial de Asuntos Sociales, que obra al folio 4 de los autos y se da por reproducida en su integridad, en la que se le comunicó que el citado centro pasaba a ser un servicio prestado por la Junta de Andalucía, a través de gestión privada, por lo que se daba por finalizado el contrato suscrito con efectos de 31 de Marzo de 1.999.

  4. - El día 31 de Agosto de 1.998 el Instituto Andaluz de la Mujer y la empresa Segramaal S.C.A., suscribieron un contrato para la prestación del servicio de atención a mujeres maltratadas mediante las Casas de Acogida, apoyo y pisos tutelados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía en las ciudades de Almería, Cádiz, Granada, Málaga y Sevilla, conforme al pliego de condiciones de la contrata que obra a los folios 453 a 482 de los autos y se da por reproducido en su integridad. Esta contrata se prorrogó por un año el día 29 de enero de 1.999 y el día 25 de febrero del mismo año, se modificó el contrato para ampliarlo a la Casa de Acogida de Jaén (folios 441 a 482 de los autos que se dan por reproducidos en su integridad), comprometiéndose la adjudicataria a aportar como personal a una...

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