STSJ Comunidad de Madrid 896/2004, 24 de Junio de 2004

PonenteD. JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ
ECLIES:TSJM:2004:8570
Número de Recurso450/2001
Número de Resolución896/2004
Fecha de Resolución24 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZD. GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALDª. MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00896/2004

Recurso nº. 450/01

Ponente: Sr. D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Recurrente: Dña Marí Jose, Dña. María Luisa, Dña. María Dolores,

D. Cornelio y Otros

Proc. : Dña. Mª Dolores Moreno Gómez

Demandado: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM.- 896

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

....................................................

En Madrid, a 24 de Junio de dos mil cuatro.

Visto por la Sección del margen el recurso nº 450/01 interpuesto por la Procuradora Dña. María Dolores Moreno Gómez en nombre y representación de Dña. Marí Jose, Dña. María Luisa, Dña. María Dolores, D. Cornelio y Otros contra la resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 13 de Marzo de 2001 habiendo sido parte demandada el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 23 de Junio de dos mil cuatro.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de Dña. Marí Jose, Dña. María Luisa, Dña. María Dolores, D. Cornelio, Dña. Mercedes, D. Eduardo y D. Luis Angel, ha promovido un recurso jurisdiccional contra la resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 13 de Marzo de 2001 con expediente núm. 1.057/01 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra otra resolución de la Dirección General de Trabajo, de 28 de Diciembre de 2000, dictada con expediente de regulación de empleo núm. 72/00 que, entre otros extremos, autorizó a la entidad Ericsson España, S.A., a la extinción de los contratos de trabajo hasta 293 trabajadores de su plantilla, en la forma y condiciones recogidas en los acuerdos que constituyan el Plan Social del Expediente.

De manera específica y respecto al del Sr. Cornelio y Eduardo, la parte actora reclama se deje sin efecto la extinción de su relación laboral y se reconozca su derecho preferente a permanecer en la empresa por ostentar la condición de integrantes de familia numerosa, de acuerdo con lo establecido en el art. 23 del Decreto 3140/1971.

La pretensión principal de la parte actora se refiere a la nulidad del expediente de regulación de empleo respecto de todos los trabajadores afectados por el mismo y subsidiariamente respecto de los trabajadores ahora recurrentes.

SEGUNDO

Las pretensiones de la parte actora no pueden ser atendidas, lo que supone la desestimación de este recurso, por las razones que se expresan a continuación.

Se trata de un expediente de regulación de empleo por causas técnicas, organizativas y de producción, que ha sido autorizado previo...

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