STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Julio de 2002

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2002:7516
Número de Recurso1207/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso contra Sentencia núm. 1207/2002 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a cuatro de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4211/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 1207/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de enero de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 11 de Valencia, en los autos núm. 838/01, seguidos sobre Despido, a instancia de Celestina asistida por el letrado Salvador Ferrer Juan, contra LAFUENTE VALENCIA S.L.. LIMPIEZAS LA FUENTE S.L. representada y asistidas por la letrado9 Mª Angeles Camiña Monterde y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo.Sr. D. Jesús Sánchez Andrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 9 de enero de 2002 dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que acogiendo la excepción de caducidad y desestimando la demanda interpuesta por Dª Celestina , debo abolver y absuelvo a Limpiezas La Fuente S.L. y Lafuente Valencia S.L. de los pedimentos deducidos en su contra por la actora".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante, Celestina , suscribió el 8-4-97 contrato de obra con la empresa Lafuente Valencia S.L. dedicada a la limpieza de edificios y locales, con categoria profesional de limpiadora, siendo el objeto del mismo la realizacion de limpieza en la comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 y AID de Benifaió en el horario que consta al docum. 2 de la empresa, y la limpieza del local de la Caja de Ahorros de Carlet, sito en Benifaió de Lunes a Viernes de 8 a 9 horas, siendo la duracion del contrato la de dichos servicios.-SEGUNDO.- Que la actora con anterioridad habia prestado servicios para Limpiezas La Fuente S.L., en la que se subrogo la demandada desde 29-8-91 a 1-9-93 y desde 5-10-93 a septiembre de 2000 en virtud de distintos contratos.-TERCERO.- Que la actora percibia hasta Septiembre del presente año por la jornada de trabajo (5 horas semanales) en la Caja de Ahorros de Carlet un salario mensual con prorrata de pagas extras de 13.981 ptas/mes.- CUARTO.- Que en 14 de septiembre la Caja de Ahorros de Carlet comunicó a la demandada que como consecuencia de la fusión con la CAM cerraria el centro en el que prestaba servicios la actora a quien en dicha fecha se le comunicó la extinción de su contrato de trabajo con efectos de la...

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