STSJ Extremadura , 10 de Octubre de 2001

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2001:2085
Número de Recurso1144/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S. M. EL REY HAN DICTADO LA SIGUIENTE SENTENCIA N°1601 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS En Cáceres a diez de Octubre de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 1.144 de 1.998, promovido por el Ldo Sr. Moreno Alvarez, en nombre y representación de DON Eduardo , siendo demandada ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado; recurso que versa sobre: "Resolución de la direc Gral Trabajo de 26-3-98 desestima la dictada en acta E.699/97, expte sancionador 13873/97 impone sanción extinción subsidio desempleo para trabajadores del R.E.A." Cuantía. Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso. Por medio de Otrosí fue solicitado por la parte actora el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas,- obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Don DANIEL RUIZ BALLESTEROS que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Resolución de la Dirección General de Trabajo, de fecha 26 de Marzo de 1998, por la que se desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Cáceres, de fecha 21 de Julio de 1997, que imponía al recurrente la sanción de extinción del subsidio de desempleo del Régimen Especial Agrario desde el 23 de Agosto de 1996, con devolución de las cantidades indebidamente percibidas, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 30,3,1 de la Ley 8/88, de 7 de Abril, al no haber declarado los días trabajados y haber compatibilizado la prestación con el trabajo por cuenta ajena. La parte demandante solicita la anulación de la Resolución impugnada alegando que presentó dos declaraciones correspondientes a las jornadas trabajadas durante el mes de Agosto de 1996 y que no existió intención de ocultar dicho dato a la Seguridad Social. La Administración demandada, por su parte, interesó la desestimación del presente recurso con base a las consideraciones que obran en su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

De lo actuado en el expediente que se une al recurso resulta que la Inspección de Trabajo de Cáceres examinado el expediente remitido por el INEM en relación con el trabajador Don Eduardo , beneficiario del subsidio por desempleo del Régimen Especial Agrario, levantó Acta de Infracción, al comprobar que el recurrente era beneficiario del...

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