STSJ Murcia , 27 de Marzo de 2000

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2000:996
Número de Recurso290/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGION DE MURCIA SALA DE LO SOCIAL M.P. Rollo número 290/2.000 ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ Presidente.

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA ILTMO. SR. D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ Magistrados.

En la ciudad de Murcia a veintisiete de Marzo del año dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO - 4 6 9 -- En el Recurso de Suplicación interpuesto por Doña Rita frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia , recaída en autos número 638/99, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por doña Rita , en reclamación de desempleo, siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en fecha 15 de diciembre de 1999, por el Juzgado de lo Social de referencia , por la que se desestimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

En la citada Sentencia, y como hechos probados, se declaraban: "1º) La actora DOÑA Rita , venía prestando servicios para la Empresa "Golden Bulida S.A" desde el 29-7-1991 con la categoría profesional de Jefe de 2ª Administrativo con salario de 186.674 ptas. La actora obtuvo en esta empresa la situación de excedencia voluntaria desde el 1-4-97 al 31-8-97. La citada empresa se dedica a la actividad de conservas, especificándose en la concesión de la excedencia que durante el tiempo de la misma la accionante no podría realizar ninguna actividad conservas.- 2º) El 1-4-97 la actora comenzó a prestar servicio como Jefa de Segunda Administrativo, en la Empresa "Pérez Escamez Hermanos S.A.", con salario de 188.880 ptas mensuales, cesando en esta empresa el 30-4-97.- 3º) El 9-5-97 la accionante solicitó prestación por Desempleo, dictándose resolución el 14-5-97, por la que se le reconoció prestación por Desempleo con una duración de 1-5-1997 a 30-2-1999.- 4º) El 18-2-99 la Tesorería General de la Seguridad Social comunicó al INEM que la actora era beneficiaria de una excedencia voluntaria por cuidado de hijos por el periodo 31-3-97 a 30-11-98, que posteriormente se transformó en un excedencia voluntaria por interés particular, modificando el citado periodo y abarcando la excedencia voluntaria por interés particular de 1-4-97 a 31-8-97.- 5º) Transcurridos los cinco meses de excedencia, el 31-8-97 la accionante no solicitó el reintegro en su puesto de trabajo.- 6º) La actora compatibilizó el periodo trabajado en PEREZ ESCAMEZ HERMANOS S.A. con el disfrute de la excedencia voluntaria, Estas dos Empresa...

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