STSJ Asturias , 6 de Abril de 2001

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1636
Número de Recurso1658/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N°: RSU 1658/2000 45005 AUTOS N°: 135/00 GIJON-1 SENTENCIA N°: 968/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a seis de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Estíbaliz , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Estíbaliz , en reclamación de prestaciones, siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintidós de marzo de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Dª. Estíbaliz con fecha 1 de abril de 1999 suscribió con D. Rodrigo contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial al amparo de los artículos 12 y 15 de la LET, pasando a ser a jornada completa el 1 de junio de 1999.

  2. - Finalizado el mencionado contrato de trabajo el 30 de setiembre de 1999, Dª. Estíbaliz con fecha 1 de octubre de 1999 suscribió con D. Rodrigo contrato de trabajo a tiempo parcial indefinido al amparo del artículo 12 de la LET, según redacción dada por el RD Ley 15/1997, de 27 de noviembre.

  3. - Solicitada por Dª. Estíbaliz prestaciones por desempleo ante el Instituto Nacional de Empleo, las mismas le fueron denegadas por resolución de 3 de noviembre de 1999, e interpuesta la oportuna reclamación previa, ella fue desestimada mediante resolución de fecha 23 de diciembre de 1999.

  4. - Las bases de cotización por desempleo en los 180 días precedentes a tal situación son: abril...

62.100 pesetas, mayo... 69.000 pesetas, junio, julio, agosto y setiembre... 138.000 pesetas.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora disconforme con la sentencia de instancia que rechaza su pretensión de percibir prestaciones por desempleo parcial interpone recurso de suplicación articulando al efecto un primer motivo que ampara en el artículo 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que postula la adición de un apartado al relato fáctico para...

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