STSJ Murcia 174/2008, 18 de Febrero de 2008

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2008:397
Número de Recurso77/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución174/2008
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00174/2008

ROLLO Nº: RSU 00077/2008

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a dieciocho de Febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Silvia, contra la sentencia número 0352/2007 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 21 de septiembre, dictada en proceso número 0425/2007, sobre desempleo, y entablado por doña Silvia frente a Servicio Público de Empleo Estatal.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña Silvia, con D.N.I. NUM000, ha sido trabajadora de Telefónica hasta el 01/09/2004. Extinguiéndose dicha relación laboral como consecuencia del Expediente de Regulación de Empleo n° NUM001, en el que se dictó resolución por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Asuntos Sociales en la que se acordó la extinción de 15.000 contratos de trabajo. SEGUNDO.- Como consecuencia de la extinción de la relación laboral, la demandante percibió una indemnización superior a la mínima legal establecida en el Estatuto de los Trabajadores según el art. 51,8 de dicho texto legal; ya que según el certificado expedido por la compañía Telefónica la actora percibió en el mes de Noviembre la cantidad de 96,82 € y en los meses sucesivos en cuantía de 2.466,99 €. TERCERO.- La empresa Telefónica no se encuentra afectada por Planes de Sectores de reestructuras aprobados en el ámbito de la Unión Europea antes del 26/05/2002. CUARTO.- Solicitó la Sra. Silvia las prestaciones por desempleo para mayores de 52 años, las que fueron reconocidas por el periodo comprendido desde el 01/10/2006 al 21/08/2007. QUINTO.- Fue suspendido el derecho al subsidio reconocido a la demandante por resolución de 31/03/2007, con efectos desde el 01/12/2006, fundamentada la decisión en que las rentas de la actora desde dicha fecha superaban el 75% del salario mínimo interprofesional. Interponiéndose contra dicha resolución reclamación administrativa previa, la que fue desestimada por resolución de 25/05/2007"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimar la demanda formulada por Da Silvia, y en consecuencia, p cede absolver de la misma al Instituto Nacional de Empleo demandado".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Gema Chicano Saura, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado sustituto del Sr. Abogado del Estado, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña Silvia presentó demanda, sobre desempleo, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, en reclamación de que se le reconozca el derecho a percibir el subsidio por desempleo para mayores de 52 años; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que la indemnización por extinción del contrato de trabajo que supere la cuantía legal es renta a computar a efectos del subsidio por desempleo.

Frente a dicho pronunciamiento se interpone recurso de suplicación por la parte actora; basado, en primer lugar, en la revisión de hechos probados de la sentencia...

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