STSJ Murcia 803/2004, 29 de Diciembre de 2004

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2004:2732
Número de Recurso1443/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución803/2004
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº. 803/04

En Murcia veintinueve de diciembre de dos mil cuatro.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 1443/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada (inferior a 25.000.000 ptas.), y referido a: derivación subsidiaria de responsabilidad tributaria en contra de la esposa del deudor.

Parte demandante:

Dª. Edurne , representada por la Procuradora Dª. Hortensia Sevilla Flores y defendido por el Letrado

D. José Florit Durán.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de mayo de 2001, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/2891/99 presentada frente al acuerdo de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Murcia de la Agencia Tributaria que desestima el recurso de reposición formulado contra el embargo de una vivienda propiedad de la actora por haber sido presentado fuera de plazo.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que estimando el presente recurso se revoque la resolución del TEAR de Murcia recurrida, declarando en consecuencia que el embargo del inmueble de la actora no es conforme a derecho.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 7-9-01, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 17-12-04.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dirige la actora el presente recurso contencioso administrativo frente a la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de mayo de 2001, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/2891/99 presentada frente al acuerdo de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Murcia de la Agencia Tributaria de fecha 6 de octubre de 1999 que desestima el recurso de reposición formulado el 21 de junio de 1999 frente al embargo de la vivienda de su propiedad, por considerar que dicho recurso fue presentado fuera de plazo.

Entiende el TEARM que el recurso potestativo de reposición fue presentado por la actora fuera del plazo de 15 días legalmente establecido (art. 4 del R.D. 2244/1979 regulador del mismo), ya que habiendo sido notificada la diligencia de embargo mediante su publicación en el BORM de 1- 12-98, de acuerdo con lo establecido en los arts. 59.4 de la Ley 30/92 y 105 LGT , una vez intentada en dos ocasiones la notificación personal los días 6 y 10 de noviembre de 1998, al vencer el plazo de 10 días concedido para comparecer a tales efectos en las oficinas del órgano notificador el 4-1- 99, el recurso no fue presentado hasta el 21-6-99.

Por su parte la actora, alterando el orden de los motivos que esgrime frente a la resolución impugnada, en el sentido de examinar los de fondo antes que los de forma...

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