STSJ Andalucía , 4 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2002:15113
Número de Recurso269/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 269/2001 SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados.

Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la ciudad de Sevilla, a cuatro de noviembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 269/2001, interpuesto por D. Cesar , representado por el Procurador Dª. Reyes Gutiérrez de Rueda García y defendido por el Letrado D. Segismundo González Orozco, contra Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso ha sido fijada en 6.624.700 pesetas (39.815,25).

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 16 de febrero de 2001 contra la Resolución que se citará en el Fundamento Jurídico Primero.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando por medio de otrosí el recibimiento a prueba.

TERCERO

Dado traslado del escrito de demanda, la Administración demandada contestó en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO

No recibido el pleito a prueba y, declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y fallo el día 28 de octubre de 2002, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de 25 de octubre de 2000 por la que se estima en parte la reclamación n° 53/243/1999 deducida contra Acuerdo sobre derivación de responsabilidad subsidiaria por las deudas pendientes de la entidad "Jerezana de Aislamientos, SL." por importe total de 6.624.700 pesetas.

SEGUNDO

La Administración Tributaria (Delegación de la Agencia de Jerez de la Frontera) siguió expediente ejecutivo contra la entidad "Jerezana de Aislamientos" por deudas derivadas de Acta de Inspección de Tributos por IVA. del ejercicio 1993, así como cinco infracciones tributarias simples, después de diversas actuaciones, se declaró fallido el cobro contra el deudor principal por Acuerdo de 13 de agosto de 1998 por lo que se incoó expediente de derivación contra el actor, administrador único de la entidad con ofrecimiento de trámite de audiencia y que culminó con el Acuerdo de derivación notificado el 26 de febrero de 1999 que fue impugnado mediante la oportuna reclamación, cuya Resolución es objeto del presente recurso.

TERCERO

Para combatir dicho Acuerdo se alega esencialmente que anulado el acuerdo respecto al expediente NUM000 , igual suerte debe correr el NUM001 al adolecer de nulidad al no constar la notificación al actor de la apertura del correspondiente expediente sancionador y respecto al Acta de la que se ha derivado la liquidación Tributaria por haberse practicado sin la comparecencia del sujeto pasivo.

En primer lugar constituye el núcleo del razonamiento jurídico de este recurso determinar si los actos de derivación de la acción administrativa tributaria a los responsables subsidiarios tienen naturaleza sancionadora. El artículo 40.1 de la LGT. al que la ley 10/1985 de 26 de...

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