STSJ La Rioja , 20 de Marzo de 2001

PonenteIGNACIO ESPINOSA CASARES
ECLIES:TSJLR:2001:233
Número de Recurso34/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

Sent. N°68/2001 Rec. 34/2001 Ilmo. Sr. D. Ignacio Espinosa Casares.

Presidente Ilmo. Sr. D. Luis Loma Osorio Faurie Ilma. Sra Dª. Carmen Ortiz Lallana En Logroño a veinte de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres.

Reseñados al margen y EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación n° 34/2001 interpuesto por DON Constantino contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° Uno de La Rioja de fecha 26 de diciembre de 2001, y siendo recurrido DON Adolfo Y EL MINISTERIO DE FOMENTO, ha actuado como PONENTE el Ilmo. Sr. Don Ignacio Espinosa Casares.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por Don Constantino se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social Número Uno de La Rioja, contra DON Adolfo y el Ministerio de Fomento, en reclamación de Reconocimiento de Derecho.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 26 de diciembre de 2001 recayó sentencia cuyos hechos probados y Fallo son del siguiente tenor literal:

HECHOS PROBADOS "

PRIMERO

Don Constantino , D.N.I. NUM000 , presta servicios por cuenta ajena y bajo la dependencia del Ministerio de Fomento, en la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, desde el 1 de diciembre de 1993, siendo su categoría profesional la de peón especializado, y ocupando el puesto de trabajo número 1.940.

Don Adolfo , D.N.I. NUM001 , presta servicios por cuenta ajena y bajo la dependencia del Ministerio de Fomento, en la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, desde el 1 de julio de 1987, siendo su categoría profesional la de peón especializado. El señor Adolfo en el período comprendido entre enero de mil novecientos noventa y siete y marzo de mil novecientos noventa y nueve, prestó servicios como peón especializado en el laboratorio de la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja posee en el Parque de Maquinaría de Logroño (La Rioja), habiendo sido destinado provisionalmente a dicho servicio previa solicitud del interesado, dados los problemas fisicos que le aquejaban como consecuencia de un accidente de trabajo, pues bien, en marzo de mil novecientos noventa y nueve ante la mejoría de su estado el señor Adolfo fue destinado a la Brigada de Conservación.

SEGUNDO

Como consecuencia de la jubilación voluntaria a los sesenta y cuatro años de edad de don Fernando , quedó vacante en la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja el puesto de trabajo identificado con el número 1.930, correspondiente a la categoría profesional de auxiliar de laboratorio, grupo profesional 6.

TERCERO

En fecha 7 de septiembre de 1999 se hicieron públicas las bases, autorizadas por la subsecretaría del Ministerio de Fomento, de la convocatoria para la provisión, por concurso de promoción profesional, en la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, del puesto de trabajo identificado con el número 1.930.

En las mencionadas bases, entre otras cosas, se previó Que: Los aspirantes deberán adjuntar en la solicitud la documentación acreditativa de los méritos que deseen les sean valorados en la fase de concurso. Que la plaza se proveerá por el sistema de concurso- oposición, si bien para que se pueda pasar a la valoración de los méritos será preciso superar la oposición, no pudiendo la puntuación de la fase de concurso ser superior al cuarenta y cinco por ciento del total de la puntuación alcanzable en la fase de oposición. Que la fase de oposición, consistente en unas pruebas de aptitud, constará a su vez de las siguientes fases: a) Teórica (que se valorará de 0 a 6 puntos) y consistirá en preguntas sobre material de laboratorio y de lógica y cultura general, adecuadas a la plaza a cubrir; y, b) Práctica (se calificará de 0 a 4 puntos) y se realizarán las pruebas prácticas, adecuadas a la plaza a cubrir, en el Laboratorio de la Demarcación, valorándose los factores de terminación, calidad, rapidez y seguridad en la realización de las mismas (debiendo mediar un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días entre la conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo de la siguiente). Que los méritos se valorarán conforme al siguiente baremo: por cada año o fracción de año superior a seis meses de servicios prestados en la Administración General del Estado 0.5 puntos hasta un máximo de 2 puntos; por haber desempeñado las funciones de un puesto de trabajo del área de actividad y/o especialidad al de la plaza convocada, cada año o fracción superior a seis meses 0.30 puntos hasta un máximo de 3 puntos; títulos académicos no exigidos como requisito en la convocatoria, expedidos por centros oficiales o privados, oficialmente reconocidos, en relación directa con el puesto a ocupar, por cada uno 0.25 puntos hasta un máximo de 1 punto; los cursos de formación o perfeccionamiento, con un mínimo de veinte horas lectivas, que habiliten para el desempeño de la plaza que se pretende, impartidos por Centros oficialmente reconocidos, siempre que se acredite por certificado haberlos superado, serán valorados conforme a la siguiente regla: 0.01 puntos por el número de horas lectivas del curso, la suma total de puntuación por estos cursos no superará un máximo de 1 punto.

Que la calificación final de los candidatos resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en la totalidad de los ejercicios y en la fase de concurso de méritos. Que, finalmente, antes de proceder a la promoción los candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente, en el plazo de veinte días naturales desde que sean requeridos para ello, el certificado acreditativo de la titulación o de los servicios efectivos prestados en su defecto, y certificado acreditativo de haber prestado al menos dos años de servicios efectivos, y certificado acreditativo de no padecer enfermedades o limitaciones que le imposibiliten para el desempeño de las tareas propias de la plaza para la que ha sido seleccionado.

CUARTO

Don Constantino y Don Adolfo , fueron los únicos empleados de la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, que presentaron las correspondientes solicitudes para participar en el concurso de promoción profesional, para la provisión del puesto 1.930 de dicha demarcación.

Por resolución del Tribunal Calificador de fecha 28 de octubre de 1999 se admitió a ambos aspirantes para la realización de las pruebas selectivas, acordándose simultáneamente, por un lado, "Solicitar a don Adolfo que, para ser tenidos en cuenta los méritos presentados, justifique los mismos mediante certificación acreditativa de los dos años que ha estado trabajando en el Servicio del Laboratorio, así como fotocopia compulsada de los cursos presentados" y, por otro lado, que debido a que son dos las personas que concurren a la plaza, las pruebas teórica y práctica se celebren una a continuación de la otra el mismo día, lo que contraviene el apartado 6-3 de la convocatoria, por lo que se interesará de los admitidos su conformidad con tal resolución del Tribunal examinador. Ante la negativa de uno de los aspirantes admitidos a realizar la prueba teórica y práctica el mismo día, por resolución del Tribunal examinador de fecha 2 de noviembre de 1999, se acordó que la primera prueba tuviera lugar el 18 de noviembre de 1999 y la segunda el 22 de noviembre de 1999.

QUINTO

La prueba teórica consistió en la realización de un test de cincuenta y dos preguntas relacionados con el laboratorio de materiales, una prueba gramática y dos problemas de matemáticas, siendo la puntuación obtenida por los aspirantes de 2.60 puntos en el caso del señor Adolfo , y de 3.52 puntos en el caso del señor Constantino .

La prueba práctica consistió en la realización de un ensayo e identificación de suelos, el relleno de un molde para el ensayo Proctor, y sacar el cono de Abrahms de una muestra de hormigón fresco, habiéndose puntuado la prueba de identificación de suelos el doble que las otras dos, y siendo la puntuación máxima de cuarenta puntos que representan los cuatro puntos máximos de la prueba práctica según las bases de la convocatoria, siendo la puntuación obtenida por los aspirantes de 26.85 puntos (= 2.69) en el caso del señor Adolfo (16 identificación de suelos, 5.28 Proctor y 5.57 Cono Abrahms), y de 17.56 puntos (==1.76) en el caso del señor Constantino (6.14 identificación de suelos, 4.14 Proctor y 7.28 Cono Abrahms).

SEXTO

En el concurso de méritos don Adolfo obtuvo una puntuación de 2.91 puntos, que se desglosan conforme a los...

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