STSJ Asturias , 26 de Noviembre de 2002

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2002:5434
Número de Recurso131/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0101842/2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 131/1998 Sobre RÉGIMEN JURIDICO LOCAL De D/ña. Carlos Antonio Procurador/a Sr/a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO Contra D/ña. AYTO AVILES PROCURADOR SR BUERES SENTENCIA nº 858 Ilmos. Sres.:

Presidente.:

D. JOSE ANTONIO MORILLA GARCIA CERNUDA Magistrados.:

D. RAFAEL FONSECA GONZALEZ D. JOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ.

En Oviedo, a veintiséis de noviembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contenciosa administrativo número 131 de 1998, interpuesto por Don Carlos Antonio , representado y dirigido por la Letrada Doña Rosario González Arias, contra el

Ayuntamiento de Avilés, representado por el Procurador Sr. Bueres y dirigido por el Letrado Don Francisco J. Sánchez Hernández. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL FONSECA GONZALEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que se revoque y deje sin efecto la resolución objeto de recurso acordando el archivo del expediente administrativo y declarando el derecho de mi representado a mantener la edificación objeto de la litis, con imposición de costas a la parte demandada. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

TERCERO

Por Auto de doce de julio de 2000 se recibió el...

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