STSJ Cataluña , 8 de Junio de 2001

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:7099
Número de Recurso1559/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 1559/97 Partes: D. Rogelio C/ AYUNTAMIENTO DE ABRERA SENTENCIA N°490 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LOPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a ocho de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1559/97, interpuesto por D. Rogelio , representado por la Procuradora Dª. ANNA SERRAT CARMONA y defendido por el letrado D. RAFAEL AMADOR MOLINA, contra EL AYUNTAMIENTO DE ABRERA, representado y defendido por la letrada De Mª. JESÚS BURGOS PÉREZ.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra las resoluciones de 9 de enero y 7 de mayo de 1997 del consistorio demandado

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 31 de enero de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora y demandada, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 5 de junio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo promovido por Dn. Rogelio contra el AYUNTAMIENTO DE ABRERA tiene por objeto la nulidad de las resoluciones de 9 de enero y 7 de mayo de 1997 que ordenaron, cautelarmente, la demolición, por peligro inminente del muro de contención de las parcelas NUM000 - NUM001 de la Urbanización " DIRECCION000 " con frente a la C/ DIRECCION001 así como la satisfacción de su coste en cuantía de 22.800 ptas. junto con la reclamación de 4.000.000 de ptas a la Administración demandada en concepto de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial.

SEGUNDO

Para la comprensión de la controversia planteada han de tenerse en cuenta los siguientes hechos: a) El 13 de febrero de 1996 el Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Abrera efectúa una inspección a la DIRECCION000 " informando a la Autoridad municipal que en la C/

DIRECCION001 , en su empalme con la C/ DIRECCION002 , se ha producido un movimiento de tierras que ha afectado al aglomerado de la calzada y a su base, produciendo agrietamientos de consideración cuya causa ha sido una corriente de agua subterránea incrementada por las últimas lluvias por lo que es absolutamente necesario proceder de inmediato al saneamiento de la zona reponiendo el pavimiento afectado para evitar la erosión; b) El 9 de enero de 1997 el Arquitecto Técnico Municipal pone en conocimiento del Ayuntamiento de Abrera, mediante nuevo informe, que debido a las lluvias persistentes se han producido, en el lugar citado en su anterior informe de 13 de febrero de 1996, nuevos movimientos de tierras, con una grieta de importancia en el interior de las parcelas NUM000 - NUM001 de la urbanización "

DIRECCION000 ", paralela a la dirección del vial que afecta al muro de contención de ambas fachadas a la C/ DIRECCION001 por lo que debe procederse a su inmediata demolición por peligro inminente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR