STSJ Extremadura , 30 de Abril de 2001

PonenteJOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE
ECLIES:TSJEXT:2001:1060
Número de Recurso341/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 800 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY .

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE En Cáceres a treinta de abril de dos mil uno.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 341 de 1998, promovido por el Procurador D. Jorge Campillo Alvarez, en nombre y representación de la recurrente OBRAFACIL, S.A.L., siendo demandada EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, representado por la Procurador Doña María de los Angeles Bueso Sánchez; recurso que versa sobre: Resolución del Ayuntamiento de Badajoz, de fecha 7 de enero de 1.998, recaida en el expediente 05/97- Distrito I.- Cuantía.- Indeterminada.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.-

CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

RIMERO: La representación procesal de la entidad Mercantil "Obrafacil, S.A.L." interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ayuntamiento de Badajoz, de fecha 7 de enero de 1.998, que n relación con la ejecución de obras no ajustadas a la licencia concedida, en la calle José Gallardo, número 12, de Badajoz, acordó la demolición a consta de la interesada e lo construido no legalizable por disconformidad con el ordenamiento, concediéndole el plazo de un mes para que levase a efecto la demolición con advertencia de ejecución subsidiaria, todo ello sin perjuicio de las sanciones que legalmente procedan. La sociedad recurrente, reconociendo la extralimitación de las obras realizadas en relación con la licencia, alega la falta de intencionalidad infractora, la levedad de las edificaciones y la escasa entidad y trascendencia de las mismas, por lo que solicita que la Sala declare...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR