STSJ Cataluña , 24 de Enero de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2000:869
Número de Recurso6014/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6014/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MAG ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIñOL En Barcelona a 24 de enero de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 631/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Bárbara frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº8 Barcelona de fecha 14 de abril de 1999 dictada en el procedimiento nº 249/1999 y siendo recurrida Mercadona, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de marzo de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Sanciones, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de abril de 1999 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por DÑA. Bárbara , contra MERCADONA, S.A., debo confirmar y confirmo la sanción de 60 dias de suspensión de empleo y sueldo impuesta por la empresa".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. -La actora, Dña. Bárbara con D.N.I. NUM000 viene prestando servicios en la empresa demandada MERCADONA, S.A. que se subrogó el 1 de noviembre de 1.998 en la mercantil SUPERMERCADOS VILADECANS, S.L. teniendo reconocida la actora en las hojas salariales de ésta última la categoria profesional, Grupo Profesional 2, Dependienta Es. 2º.-La actora venía percibiendo un plus bajo la denominación "RESPON. FUNCIONS" por supervisar y coordinar los trabajos de los restantes dependientes de la sección, en cuantía de 46.675 pts. mensuales en Enero y Febrero de 1.998, en cuantía de 50.529 pts. en los meses de Julio a Septiembre de 1.998, en cuantía de 43.923 pts. en octubre.

  2. -En nóminas expedidas por Mercadono, S.a. ha percibido bajo la rúbrica "C. PUESTO TRABAJO":

    -Noviembre105.231 pts. -Diciembre105.231 pts. -Enero 107.125 pts. -Febrero 71.903 pts. 4º.-El 30 de Diciembre de 1.998 sobre las 11 horas se celebró una reunión entre la Sra. Bárbara y el Sr. Marcos , que actuaba como DIRECCION000 de la empresa, en el despacho de éste, haciendole saber una quejas en el desempeño de sus funciones de coordinadora de sección, consistentes en:

    -Reciclas las bandejas. Estando con fecha no apta para la venta le pones fecha nueva.

    -No retiras de la venta producto no apto para la venta.

    -No gestionas bien los pedidos, con el consiguiente genero atrasado, sin darle una solución y ocultandome el problema a mi. -En 20 días generas una basura en la sección de 363.355 pts. sin ver mejora a la vista.

    -Pones genero en el mostrador (Ejm. cochinillo con una semana en la tienda) y me engañas de la fecha de entrada de ese producto).

    -No prestas atención a la charcuteria, despreocupandote de ella.

    -No respetas los metodos acordados de señalización de los productos (las cruces).

  3. -En el curso de la reunión la actora y Sr. Marcos suscribieron sus respectivas firmas en los documentos obrantes a los folios 27 y 28.

  4. -Tales documentos así firmados fueron entregados por Sr. Marcos a D. David (segundo en el cargo Sr. Marcos), quien los guardó en su carpeta.

  5. -Sobre las 15 horas aproximadamente, la actora entró en las dependencias de la empresa, subió al despacho Sr. Marcos y sobre la firma que había estampado añadió: "No conforme".

  6. -Por carta fechada el 4.2.1999 la empresa le notificó la imposición de una sanción de 60 dias de...

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