STSJ Castilla y León 905/2000, 16 de Mayo de 2000
Ponente | RAMON SASTRE LEGIDO |
ECLI | ES:TSJCL:2000:2635 |
Número de Recurso | 823/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 905/2000 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Dª. MARIA ANTONIA LALLANA DUPLAD. ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLAD. RAMON SASTRE LEGIDO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
SEDE EN VALLADOLID
Recurso núm 823/96
SENTENCIA nº 905
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA
DON RAMON SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a dieciséis de mayo de dos mil.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: El Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid de 3 de marzo de 1995 por el que se declaró en estado de ruina el inmueble situado en el nº NUM000 de la CALLE000 de esa ciudad, así como el de 2 de junio de 1995 de rectificación de errones del anterior, y el Acuerdo del Pleno de dicho Ayuntamiento de 10 de enero de 1996 que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra los anteriores.
Son partes en dicho recurso: como recurrentes DON Franco , DOÑA Mercedes Y DON Jose Pablo , representados todos ellos por el Procurador D. Abelardo Martín Ruiz, bajo la dirección del Letrado D. Zenón Laguna Laguna.
Comodemandada EL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID, representado y defendido por Letrado de esa Corporación.
Hasido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, con estimación de esta demanda, se declare nulo, anule o revoque y deje sin efecto el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid de fecha 10 de enero de 1996 confirmatorio de los de fecha 3 de marzo de 1995 y 2 de junio de 1995, dictados en el expediente de ruina nº 4.835/93 y se condene al Ayuntamiento de Valladolid al pago de las costas de este procedimiento.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó deeste Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime íntegramente la demanda formulada por don Franco y otros, confirmando los acuerdos municipales recurrirlos, como ajustados a derecho, e imponiendo a los actores las costas procesales.
No compareció, no obstante estar emplazada, Dª. Rebeca .
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.
Presentados por ambas partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 11 de los corrientes.
Enla tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
En el presente recurso contencioso- administrativo se impugna el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid de 3 de marzo de 1995 por el que se declaró en estado de ruina el inmueble situado en el nº NUM000 de la CALLE000 de esa ciudad, así como el de 2 de junio de 1995 de rectificación de errones del anterior, y el Acuerdo del Pleno de dicho Ayuntamiento de 10 de enero de 1996 que desestimó el recurso de...
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