STSJ Cataluña , 28 de Marzo de 2001

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2001:4241
Número de Recurso587/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 587/97 Partes: Dª. Beatriz C/ TEARC SENTENCIA Nº 286/2001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL D. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veintiocho marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

587/97, interpuesto por Dª. Beatriz , representado y defendido por el letrado D. José Antonio Fontanilla Parra, contra el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, representado y defendido por el Letrado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 19-12-96 recaída en reclamación n°

7575/95 contra acuerdo de A.E.A.T. por concepto de I.A.E. Ejercicios 1992, 1993 y 1994.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 10 de enero de dos mil, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 21 de marzo del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de Dña. Beatriz , la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 19 de diciembre de 1996 por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa n° 7575/95 contra acuerdo dictado por la Delegación de Barcelona de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, acto censal de señalamiento de cuota de tarifa, ejercicios 1992, 1993 y 1994, por un importe de 164.880 ptas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la actora solicita la anulación del acto recurrido y la consiguiente devolución de los importes por ella satisfechos en relación con su actividad profesional, como persona física, de actuario de...

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