STSJ Asturias , 10 de Diciembre de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2002:5672
Número de Recurso2415/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 Número de Identificación único: 33044 3 0100064 /2002 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2415 /1998 Sobre ADMINISTRACION AUTONOMICA De D/ña. Filomena Procurador/a Sr/a. ISABEL FERNÁNDEZ FUENTES Contra D/ña. CONSEJERIA DE FOMENTO LETRADO COMUNIDAD SENTENCIA n° 901 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D. José Manuel González Rodríguez En Oviedo, a diez de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2415 de 1998, interpuesto por Dª

Filomena , representada por la Procuradora Dª Isabel Fernández Fuentes y dirigida por el Letrado D. Agustín Martín de Diego, contra la CONSEJERÍA DE FOMENTO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, versando el recurso sobre resolución presunta, que desestimó la reclamación de responsabilidad interesada por los daños sufridos en el vehículo de su propiedad que derivaron de la colisión del mismo con un bloque de hormigón, a consecuencia de salirse de la calzada por deslizamiento en una curva producido por una mancha de gasóleo existente en la llamada "Curva de la Cantera de Adolfo" de la carretera AS-328 (Aviles-Faro de Peñas). Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Morilla García Cernuda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, en la que, con estimación del presente recurso, condene a la Administración del Principado a abonar la cantidad de 1.302.939 pesetas, por los daños sufridos en el vehículo de su propiedad, o la que resulte en periodo probatorio, más los intereses de demora, con imposición de costas. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en...

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