STSJ Asturias , 12 de Mayo de 2000

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:1714
Número de Recurso2619/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 2619 /1999 45005 AUTOS N°: 793/98 OVIEDO-3 SENTENCIA N°: 950/00 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a doce de Mayo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D.EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D.JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Dª.CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Juan , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 3 de Oviedo, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Juan , en reclamación de prestaciones e indemnización de daños y perjuicios, siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante, nacido el 4 de mayo de 1939, figura afiliado a la Seguridad Social con el n°

    NUM000 .

  2. - Desde el 11 de febrero de 1991 el demandante figuró inscrito como demandante de empleo.

  3. - Con fecha 26 de marzo de 1998 el demandante solicitó del INEM subsidio por desempleo para mayores de 52 años, siéndole reconocido el derecho a su percepción durante el periodo comprendido el 27 de marzo 1998 y el 4 de mayo de 1999, fecha en que cumple 60 años de edad.

  4. - Con anterioridad el demandante solicitó de la Tesorería General de la Seguridad Social informes de vida laboral en los que se consideraban cotizados 13 años, 1 mes y 20 días.

  5. - El demandante volvió a solicitar Informe el 14 de junio de 1998 emitiendo la Tesorería General de la Seguridad Social un certificado de fecha 26 de junio de 1998 en el que figuran periodo de alta de 15 años, 6 meses y 2 días, manifestando asimismo que por razones exclusivamente imputables a la Tesorería los periodos incluidos en el Fichero Histórico (1.510 días) han sido objeto de incorporación total a la vida laboral del actor en el mes de marzo de 1998 cuando es lo cierto que siempre estuvieron acreditados.

  6. - Entendiendo el demandante que dicha circunstancia le impidió percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años desde el 4 de mayo de 1992 interpuso la demanda solicitando se condene solidariamente al INEM y a la Tesorería al abono de una indemnización de 10.000.000 de pesetas.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por las entidades codemandadas de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se...

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