STSJ Castilla-La Mancha , 8 de Octubre de 2002

PonenteJOSE MONTIEL GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2002:2530
Número de Recurso903/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

DON JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ-LUNA JIMÉNEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº 903/01.- Ponente: Sr. José Montiel González.- Fallo: 8-10-02.- Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Iltma. Srª Dª Petra García Márquez

En Albacete, a ocho de octubre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.588 En el Recurso de Suplicación número 903/01, interpuesto por DON Benito , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Ciudad Real, de fecha 25 de enero de 2.001, en los autos número 975/00, sobre Benito , siendo recurrido ACIEROID, S.A. Es Ponente el Iltmo. Sr. D. José Montiel González, Presidente de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la excepción de prescripción y desestimando como desestimo la demanda interpuesta por D. Benito contra la empresa "ACIEROID, S.A." debo absolver y absuelvo a esta de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

El actor, D. Benito , nacido el 8 de enero de 1.950 y afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 , ha venido prestando sus servicios por cuenta y orden de la empresa "Acierord, S.A." con a categoría profesional de "Montador Oficial de 1.11 desde el 20 de septiembre de 1.968.

SEGUNDO

Con fecha 22 de junio de 1.995 sufrió accidente de trabajo descrito en el parte correspondiente como "caída a distinto nivel" siendo dado de baja por incapacidad temporal en fecha 5 de octubre de 1.995 y de alta con informe propuesta de lesiones permanentes no invalidantes el 9 de febrero de 1.996. TERCERO.- Con fecha 4 de junio de 1.997 se inició expediente administrativo de invalidez que obra en autos y se da por reproducido, dictándose con fecha 24 de noviembre de 1.997 resolución por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real declarando al demandante afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo con cargo a la Mutua Asepeyo, que cubría la contingencia descrita por sufrir las siguientes dolencias según dictamen-propuesta del E.V.I. de 26 de febrero de 1.997 y que se dan por probadas: secuelas de accidente en hombro derecho que cursó con rotura del tendón del supraespinoso y subescapular y luxación del tendón largo del bíceps residuando limitación funcional de hombro en aproximadamente un 50%. Contra esta resolución la Mutua Asepeyo interpuso reclamación previa el 9 de enero de 1.998, desestimada por resolución de 21 de abril de 1.998, notificada al actor el 24 de abril de 1.998. CUARTO.- con fecha 9 de diciembre de 1.998 se interpuso demanda que fue turnada a este Juzgado.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso fue impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se articulan dos motivos de recurso, amparados en el art. 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral; para denunciar infracción de los arts. 2 y 14 de la Ley 31/1.995, de 17 de enero, de Prevención de Riesgos Laborales y de la doctrina jurisprudencial que se cita.

Ejercita el actor la acción de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual del empresario, conforme al art. 1.101 del Código...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR