STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Abril de 2003

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2003:3438
Número de Recurso1415/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "1415/99"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, veintinueve de abril de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, Dña. ROSARIO VIDAL MAS Y D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 704/03 En el recurso contencioso administrativo num 1415/99 interpuesto por DÑA. Diana representada por el Procurador D./ña ELENA GIL BAYO y dirigida por el Letrado D./ña. ANTONIO GONZALEZ PIÑERA contra "Resolución del Ayuntamiento de Elche de 15.10.1999 desestimando reclamación de daños corporales consecuencia de caída en acera por importe de 4.941.170 pesetas.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada AYUNTAMIENTO DE ELCHE representada por el Procurador Dª Celia Sin Sanchez, coadyuvante PLUS ULTRA, compeñía de seguros y reaseguros, representada por la Procuradora Dña. ANTONIA FERRER GARCIA ESPAÑA y Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido a prueba el presente proceso, se practicó la propuesta y admitida por el Tribunal con el resultado que consta en las actuaciones, verificado, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, concluido, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 16 de abril de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte demandante DÑA. Diana interpone recurso contra Resolución del Ayuntamiento de Elche de 15.10.1999 desestimando reclamación de daños corporales consecuencia de caída en acera por importe de 4.941.170 pesetas.

SEGUNDO

Para la resolución del caso examinado son hechos relevantes de los que debemos partir:

  1. - La demandante presentó reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento de Elche donde ponía en conocimiento haber sufrido un accidente sobre las veinte horas del 26.6.1997 en la cidad de Elche C/ José María Pemán a la altura del númro 36, dando como causa un pequeño socavón en la acera de cinco centímetros de profundidad, tropezando y cayendo, momento es que es llevada al hostital donde es atendida y dada de alta hospitalaria a los 161 días, manifiesta que tenía como secuelas pérdida de fuerza en la mano y limitación funcional de muñeca y mano. Por los días de baja reclama 503.000 pesetas y por las secuelas 4.438.170 pesetas.

  2. - Segido el expediente ante el Ayuntamiento de Elche desestima la reclamación.

TERCERO

Centrada así la cuestión litigiosa, ha de señalarse que la misma se encuentra regulada por el artículo 139 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1.992, de 26 de noviembre), preceptos legales que explicitan el principio general de resarcimiento por las Administraciones Públicas de los daños y perjuicios causados por el funcionamiento de los servicios públicos, sancionado constitucionalmente en España en el artículo 106.2 de la Constitución ("Los...

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