STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Diciembre de 2001
Ponente | AMALIA BASANTA RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2001:10578 |
Número de Recurso | 2371/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO N° 2371/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA N° 1323/2001 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En Valencia a trece de diciembre de dos mil uno. Visto el recurso interpuesto por D. Jaime , representado y defendido por el Letrado D. Víctor Villagrasa Sebastián, contra la Resolución de la D° Provincial de Trabajo de Valencia de 1-7- 98 por la que se desestima la oferta de empleo formulada a favor de D. Luis Pedro , habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, asistida y representada por sus servicios jurídicos.
Ha sido Ponente la Magistrada Doña Amalia Basanta Rodríguez.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando el acto impugnado y se estime la oferta de empleo formulada a favor del ciudadano de nacionalidad china Luis Pedro .
La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.
No se recibió el proceso a prueba, y, evacuado que fue el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 11-12-2001, teniendo lugar la misma el citado día.
En la substanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
El actor, de nacionalidad china; que formuló en 28- 5-98 oferta nominativa de empleo a favor del también ciudadano chino D. Luis Pedro , impugna la Resolución de la D° Provincial de Trabajo de Valencia de 1-7-98 por la que se desestima dicha solicitud.
La referida resolución fundamentaba la solución desestimatoria en la "falta de acreditación de los motivos laborales, profesionales o personales que justifiquen la oferta de empleo".
La Resolución de 16-3-98 de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones generales sobre la determinación de un contingente de autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no comunitarios en 1998 y procedimiento para su cobertura, se justifica en su preámbulo en la necesidad de canalizar y controlar los flujos migratorios, "facilitando un número máximo de autorizaciones que únicamente se irán utilizando si el mercado de trabajo nacional no es capaz de satisfacer las necesidades empresariales de forma adecuada. Ello con el fin de evitar que dichas necesidades se atiendan de forma irregular y de combatir la...
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